El urbanismo valenciano ante el espejo (y ante el Derecho de la UE)

Ayer publicó el diario El País, en su edición de la Comunidad Valenciana, una pequeña reflexión sobre las conclusiones del Abogado General en el conflicto que enfrenta al Gobierno valenciano con la Comisión Europea a cuenta de las normas urbanísticas valencianas. Copio a continuación el texto, que espero pueda contribuir al debate sobre esta cuestión, donde al menos yo detecto un enorme (y generalizado) fariseísmo social:

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Debate sobre el sentido de la investigación universitaria en Derecho público

Continuando con la serie de jornadas centradas en el análisis de las Misiones de la Universidad para el siglo XXI que ya iniciamos el lunes pasado con un debate sobre Bolonia y los estudios de Derecho, mañana jueves se celebrará en la Facultad de Derecho de Valencia (Departamento de Derecho Administrativo) un debate-seminario más específico, referido al sentido de la investigación que realizamos desde la Universidad en materias de Derecho público y, más en concreto, si aporta algún elemento valioso y que la diferencia de la que puedan realizar otros profesionales del Derecho desde otros lugares.El seminario contará con la asistencia de varios jóvenes profesores de Derecho administrativo de diversas Universidades españolas, que desarrollarán el tema a partir de su experiencia como investigadores, analizando si, en su opinión, el hecho de haber trabajado ciertos temas desde la Universidad ha podido aportar a su visión de los mismos algún valor añadido que los haga especialmente valiosos frente al análisis de las relaciones sociales, de las normas y de los fenómenos jurídicos que pueden producir otros operadores.

Por supuesto, al seminario está invitado cualquier miembro de la comunidad universitaria que desee participar y enriquecrlo (así como, por supuesto, está también abierto a cualquier persona interesada).

EL SENTIDO DE LA INVESTIGACIÓN UNIVERSITARIA EN DERECHO PÚBLICO

Lugar y fecha de celebración: Jueves, 19 de noviembre, a partir de las 10.00 horas, en la Sala 3P12 del Departamento de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la Universitat de València.

Programa

10.00 horas. La labor del profesor de Derecho público
Prof. Dr. Antonio Fortes (U. Carlos III de Madrid) – La investigación en Derecho del profesor universitario: ¿obligación, devoción o negocio?
Xavier Bernadí Gil (U. Pompeu Fabra)- Yo estaría -o muchos estaríamos- en el paro. ¿A quién le interesa lo que no da dinero?

12.00 horas. Derecho público y creación doctrinal
Maria Mercè Darnaculleta (U. Konstanz) – Aportaciones de los profesores universitarios al Derecho Administrativo global
Silvia Díez (U. Autónoma de Madrid) – La autovinculación de la Administración como ejemplo de construcción doctrinal

16.30 horas. La aportación del análisis académico a la regulación económica
Luis Arroyo Jiménez (U. Castilla La Mancha) – La investigación en el Derecho público y la regulación de la economía
Juan Gutiérrez Alonso (U. de Granada) – Calificación crediticia, los paraísos fiscales y la supervisión financiera

18.30 horas: Estudio desde la Universidad de cuestiones de aplicación pública y privada del Derecho público español
Luis Medina Alcoz (U. Complutense de Madrid) – El estudio de la responsabilidad patrimonial de la Administración desde la Universidad
Eduardo Melero Alonso (U. Autónoma de Madrid) – El régimen jurídico de las operaciones militares en el exterior, visto desde fuera del conflicto

Participación en la jornada:
La jornada está destinada a un público académico y está abierta a toda la comunidad universitaria. El sistema de ponencias y posterior debate permitirá un amplio intercambio de ideas y opiniones entre todos los asistentes. No es preciso registro de ningún tipo para poder asistir a las mismas.

Otras jornadas dentro del ciclo Misiones de la Universidad para el siglo XXI:

9-XI-2009. Bolonia y los estudios de Derecho. Misiones de la Universidad para el siglo XXI (I)
[Más información]

26-XI-2009. El futuro de la Universidad de Valencia. Misiones de la Universidad para el siglo XXI (III)
[Más información]

Organización:
– Financiado por Generalitat Valenciana (Ajudes per a la organització de congressos, jornades i reunions de caràcter científic, tecnològic i humanístic), por el Vicerrectorado de Investigación de la Universitat de València y por la Facultad de Derecho de Valencia.
– Coordinador de la organización y actividades: Andrés Boix Palop



¿Acaso está prohibido abrir una central nuclear en España?

Como es sabido, el hecho de que aparentemente el Gobierno de España tenga más o menos decidido no renovar la autorización de funcionamiento que, ¡provisionalmente desde hace 40 años!  ha ido logrando (por medio de sucesivas prórrogas de una especide de autorización provisional de pruebas) la central nuclear de Garoña, está siendo objeto de no pocas críticas. La asociación llamada Foro Nuclear, que reúne a los sectores implicados económicamente en el negocio de la energía nuclear en España, y que parece que tiene como objetivo esencial hacer campaña social en favor de la energía atómica, no deja pasar un día sin que añada a su web una noticia o nota de prensa destacando algunos de los muchos males que padecerá el país si la nuclear de Garoña cierra, luego lo van haciendo las demás y el Gobierno no permite que se abran nuevas centrales.

Es ésta una discusión  que me llena de perplejidad y sobre la que llevaba unos días queriendo escribir. El recordatorio de David, con su enlace a los interesantes artículos de El País y de Crisis Energética, hace que me anime definitivamente a plantear algunas cuestiones desde una perspectiva jurídica. Porque, más allá de la retórica antinuclear al uso  (y por mucho que se puedan compartir gran parte de sus críticas a las nucleares), está claro que necesitamos energía, que lograrla no ha sido hasta la fecha algo agradable, limpio o particularmente barato (o, al menos, no tanto como nos gustaría). Con lo que, inevitablemente, el debate sobre esta cuestión ha de tener en cuenta una serie de vectores que obligan inevitablemente, a la hora de tomar decisiones, a mediar entre distintos intereses sociales. Como siempre, por otro lado. Pero, en este caso, se trata de intereses de particular importancia. El Derecho es un instrumento, no precisamente neutro, justamente diseñado para hacer eso. ¿Cómo actúa en el caso de Garoña y de la energía nuclear en España? ¿Cómo diseña nuestro ordenamiento jurídico este proceso de toma de decisiones? ¿Cuál es le marco que le da? Y, por supuesto, este encuadramiento de las decisiones, ¿a qué intereses obedece?, ¿es fruto de un consenso social informado sobre el punto de llegada o, por el contrario, plantea preguntas sobre si la ciudadanía ha tenido mucho o poco que ver en la solución alcanzada? Vamos, por ello, a tratar de estructurar un análisis de mínimos a partir de una serie de preguntas a las que trataremos de ir dando respuesta, teniendo en cuenta lo que señala nuestro Derecho.

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Varia

– El BOE del pasado jueves 26 de abril publica el texto refundido de la Ley de Suelo, que integra la ley 8/2007, de cuyas novedades dimos cuenta hará más o menos un año, con los contenidos que todavía quedaban en vigor del texto refundido de la ley del suelo de 1992. El motivo por el que esta integración y consiguiente derogación total de la ley del suelo de 1992, en lo que quedó aceptado competencialmente por el Tribunal Constitucional, no fue realizada ni por la ley de 1998 ni por la de 2007 es uno de esos extraños arcanos que envuelven el quehacer de nuestro legislador, que prefirió encargar al Gobierno refundir los textos. Cuando casi parecía que no lo iba a hacer ya, cumplido el plazo que tenía para ello, al fin aparece la refundición. De modo que a partir de ahora la Ley de Suelo vigente se contiene en el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio.

A toda prisa. Siguiendo el ejemplo del Reino Unido, en lo que parece ser la tónica en los países miembros que todavía no han ratificado el Tratado de Lisboa, España acelera la marcha. Por lo que pueda pasar, no sea que las críticas vayan en aumento, parece que de momento la UE reacciona tapándose los oídos y siguiendo a su bola.

– Ignacio Zafra publica un reportaje muy interesante sobre una de las cuestiones a que menos atiende la Universidad española a la hora de poner en marcha sus reformas y diseñar los servicios que ofrece: a qué tipo de público nos dirigimos y, más en concreto, cómo son y qué quieren nuestros estudiantes. Parece ser la que Universidad de Valencia ha montado un estudio que le ha llevado a constatar lo que podría haber descubierto con mucho menos esfuerzo preguntando a cualquier profesor o estudiante mínimamente sincero. Bien está que así sea y que, al fin, se empiece a ser consciente de esta realidad. Ahora la cuestión es si alguien tiene la más mínima intención de tomar nota del fenómeno a la hora de programar cómo hayan de ser los estudios universitarios de futuro. Personalmente, constatado el entusiasmo con el que la misma Universidad de Valencia se empeña en decirme que he de impartir y programar docencia para grupos de 130 estudiantes, de los cuales unos 80 son múltiples repetidores que no tienen la más mínima intención de aparecer nunca por clase ni de presentarse a examen alguno (para lo que cuentan con el apoyo de una generosísima normativa de permanencia que garantiza que por mucho que uno suspenda o no se presente puede seguir en la Universidad costando 10.000 euros al año a la sociedad), sin que se pueda tomar medida alguna para combatir esta situación y racionalizarla mínimamente, tengo mis dudas.

– «A well regulated Militia, being necessary to the security of a free State, the right of the people to keep and bear Arms, shall not be infringed«. Son unas 150 páginas, y es sólo la última sentencia sobre el particular, las necesarias para (tratar de) explicar, más o menos, qué pueda significar exactamente esto.

– Ha aparecido un Manifiesto por la lengua común firmado por diversos intelectuales españoles de campanillas donde se denuncia el maltrato que sufre el castellano en las Comunidades Autónomas bilingües y la discriminación que padecen sus hablantes. Muchos medios de comunicación lo están promocionando, lo que incluye a diversos periódicos nacionales escritos en castellano que, supongo, conocen de primera mano de las dificultades que padecen para hacer frente a la privilegiada prensa escrita en otros idiomas de España. Habitualmente, en tanto que hombre, blanco, occidental, heterosexual y muchas otras cosas, me he encontrado siempre, y bien consciente que soy de ello, en el grupo de los privilegiados. Lo cual obliga a mantener cierta prudencia estética y ética respecto de algunos excesos supuestamente reparadores. No siempre, claro, pero como norma general no está de más que sean los miembros de la minoría maltratada los que denuncien algunas aberraciones que se hacen, pretendidamente, en su defensa. Pero ha llegado al fin el día en que, como integrante, en tanto que castellanohablante en una comunidad bilingüe, del grupo o colectivo maltratado o marginado, puedo alzar mi voz con toda la legitimidad que me da este hecho y afirmar que nunca, repito, nunca, a lo largo de mi vida en España, durante la vigencia de la Constitución de 1978 y del Estatuto de Autonomía de mi comunidad bilingüe que declara la cooficialidad de otra lengua en este territorio, he sentido la más mínima discriminación por hablar castellano. Ni socialmente, por supuesto, ni jurídicamente. Nunca se ha dado el caso de que no haya podido expresarme en castellano, de que alguien me lo haya impedido o de que hayan dejado de tratarme o atenderme con corrección por hacerlo. Nunca he tenido el más mínimo problema para dirigirme o tratar con la Administración en castellano. Nunca se me ha impedido hacerlo, ni siquiera se me ha recomendado nunca hacerlo en otra lengua. Siempre que he hablado con un hablante de la otra lengua oficial y lo he pedido se ha pasado al castellano. Es más, en realidad nunca he pedido nada semejante y a pesar de ellos no han sido pocas las ocasiones en que, sin decir nada, simplemente por costumbre cuando están en presencia de gente que saben que no es catalanohablante, se han dirigido a mí en «la lengua común». Y, por supuesto, nunca he tenido el más mínimo problema por hablar castellano a lo largo de mis años de escolarización en colegio, instituto y Universidad pública, como tampoco en el sistema de salud público. Por último, tampoco nunca la policía, la guardia civil o ningún juez me ha planteado el más mínimo problema por hablar castellano.

Adicionalmente, creo que es preciso añadir que me consta que ninguno de los valencianohablantes que me rodean (y son muchos) está en condiciones de poder afirmar todo lo que yo acabo de decir. Y es una pena, porque eso viene, en el fondo, a negar la mayor: no sólo es que sea hombre, blanco, occidental, heterosexual…, es que, además, soy castellanohablante en una comunidad bilingüe de la España constitucional. Y ninguno de estos grupos, tampoco el último, puede calificarse a sí mismo de perseguido, marginado o maltratado, cuando no jurídicamente discriminado, al menos como colectivo, sin provocar otra cosa en cualquier persona sensata y consciente que cierta estupefacción o, mejor tomárselo así, simplemente una buena carcajada.



Ruina inminente

Alguna vez he comentado en este bloc, porque creo que es importante ser consciente de ello cuando uno se dedica a lo que se dedica, que el Derecho administrativo llega hasta donde llega. Que es un instrumento para conseguir la realización del interés general, o de la percepción que tienen de cuál sea aquel quienes son los encargados de actuar utilizándolo. Pero que tiene sus límites. Y, muy especialmente, que no es demasiado eficaz para luchar contra la incuria de la Administración cuando ésta hace gala de un abierto desprecio por la legalidad, por sus propias normas o por los fines por los que ha de velar. Continúa leyendo Ruina inminente



Propuestas 9-M: Batiburrillo final

A final, la idea de ir realizando propuestas de reformas con motivo del 9-M no he podido desarrollarla tanto como tenía pensado en un principio y me habría gustado. En vez de disparar muchas propuestas poco argumentadas, como la cabra tira al monte, he acabado desarrollando muy, demasiado, prolijamente sólo unas pocas. En cualquier caso, con las elecciones liquidadas, pero con la esperanza de que puedan estas ideas sobre posibles reformas del Derecho público español (pero, en realidad, sobre distintas vertientes de nuestra convivencia) contribuir al debate ciudadano y político, allá va un resumen de lo que, hasta la fecha, se ha discutido, con réplicas y aportaciones muy vivas e interesantes por parte de mucha gente:
0. Introdución a la idea.
Propuesta 1. Financiación autonómica.
Propuesta 2. Reforma de la ley electoral.
Propuesta 3. Acabar con la Seguridad Social.
Además, también me mostré a favor de permitir la publicación de encuestas electorales en los últimos días de campaña, asunto ciertamente menor, pero que tampco está de más recordar.

Quiero tratar hoy de hacer un esfuerzo, necesariamente desordenado, compendiando otro tipo de reformas de nuestro Derecho público que juzgo, claro, necesarias, pero sobre todo importante que el problema que a cada una de ellas da origen pueda ser, cuanto menos, discutido. La lista es necesariamente un batiburrillo, sin que su orden señale ningún tipo de prioridad y además, desgraciadamente, no voy a poder permitirme exponer las diferentes sugerencias con todo el detalle, argumentos, razones y apoyo jurídico que me habría gustado (y que traté de plasmar en las anteriores). Espero, si la discusión da de sí para ello, poder hacerlo al hilo de la misma. Todas las cuestiones que me dispongo a tratar (y algunas que me dejo en el tintero) me parecen importantes, sin que haya una relación entre su orden y la prioridad que les concedo. En el fondo, eso sí, no puedo evitar creer que las más inaplazables son las que se refieren a la responsabilidad ineludible que tenemos quienes vivimos juntos de permitir a los demás tener las máximas posibilidades de hacer con su vida, en libertad, lo mejor posible. Y eso incluye un compromiso con la responsabilidad económica, que es la base de todo: ser conscientes de la necesidad de asegurar que obtenemos recursos para mejorar nuestras condiciones de vida que no esquilman a nadie, ni de las generaciones presentes ni de las futuras. Como es obvio, no es algo sencillo.

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Trabajos sobre la nueva ley del suelo

Una de las cosas que me ha permitido descubrir tener este bloc es que la religión del ladrillo tiene muchos más fieles, todavía, de los que yo pensaba. Las estadísticas que me ofrece el servidor indican que una media de unas dos docenas de personas entran diariamente a los diversos posts colgados aquí con referencias al urbanismo. Especialmente, claro, a las cuestiones relativas a las valoraciones de suelo y, desde que se publicó la nueva Ley de suelo (Ley 8/2007, de 28 de mayo, BOE nº 128, de 29 de mayo de 2007) al texto donde se comentaban algunas de sus novedades. Dado lo abstruso y poco lucido de mi explicación, muy en la línea de lo que los expertos en materia de urbanismo suelen endilgar a los legos para preservar su posición de druidas de las plusvalías, sólo puedo decir de estas pobres gentes que en el pecado llevan la penitencia.

Junto al furor de los fieles, empiezan a aparecer trabajos sobre la nueva ley que tienen su interés. No es cuestión de comentarlos todos, pero quizá sí venga bien dejar constancia de que el último número de la Revista General de Derecho Administrativo ha recopilado una serie de cinco interesantes estudios sobre distintos aspectos de la nueva ley. Así que aquí lo dejo indicado, para que quienes por decenas, cada día, acaban referidos por Google a este bloc en su busca de trabajos sobre la nueva ley tengan al menos un enlace a cosas de provecho (si bien son contenidos de pago, basta conectarse desde algún ordenador de una Universidad suscrita para poder acceder a ellos).



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