Encierros y libertad de expresión

En mi Facultad hay una autodenominada «Assemblea d’Estudiants contra Bolonya» que está protestando desde hará un mes contra la reforma de los planes de estudio y del modelo de enseñanza universitaria que, con la excusa del Espacio Europeo de Educación Superior y la integración de España en el mismo, están llevando a cabo las autoridades académicas de mi Universidad y de mi Facultad con el apoyo de los órganos de gobierno correspondientes (lo que, resumidamente, como pasa casi siempre en la Universidad española, viene a significar, más o menos, con el apoyo de los profesores, que a fin de cuentas son los que, dentro de un orden, van apañándose para orientar este tipo de cositas como mejor pueden, les viene o consideran -dígase, claro, «consideramos», que a fin de cuentas soy del colectivo, aunque se me acuse por los guardianes de la esencias de «tirar piedras constantemente contra nuestro propio tejado»-).

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Varia. Derecho de mercadillo y algunas propuestas de reforma penal.

– El Código penal más duro de la democracia. Uno pone en Google news «reforma código penal», o en Google directamente, y le sale más o menos, siempre, lo mismo. Que si endurecimiento de penas, que si reducción de beneficios penitenciarios, que si más dureza contra el crimen… y además cada vez una mayor amplitud del ámbito de lo definido como delictivo. Es el signo de los tiempos y de la marea retro jurídica que vivimos. Los periódicos, dando cuenta de ello, lo saludan ritualmente con aparente agrado. Es preocupante la tendencia. Tanto, que incluso se atisban algunas críticas en los mass-media usualmente más entusiastas con esto de meter más palo. Eso sí, no lancemos las campanas al vuelo. Ha bastado la «presentación en sociedad» oficial de las medidas endurecedoras para que, en dos días, el editorial de El País pase de ser moderadamente crítico, como muestra el enlace, a prudente partidario de un «amplio debate sobre la cuestión», no vaya a ser que la campaña de alabanzas de la nueva y más represiva regulación penal nos haga quedar, no sé, como malvados amigos de los terroristas y de los elincuentes.Conviene no olvidar de qué polvos vienen estos lodos. Y significar especialmente que todo el surf demagógico hecho sobre la ola del «caso Mari Luz» acaba traduciéndose, más pronto que tarde, en medidas de este tipo. Ya estamos viendo cómo, con la excusa de prevenir nuevas situaciones como la reseñada, se incrementan penas, aparecen nuevas penas accesorias de dudosa constitucionalidad y se extienden, además, éstas a todo tipo de ámbitos. Adicionalmente, es preciso señalar que la irresponsable aquiescencia de nuestras sociedades a la hora de festejar la pérdida de garantías sigue su imparable curso histórico. Y, así, la impresentable doctrina De Juana del Tribunal Supremo está comenzando a ser aplicada ya en otros supuestos. Es lo de siempre. Primero los terroristas, porque como son malvados por definición, ¿a qué santo vamos a aplicarles las reglas mínimas del Estado de Derecho?. Luego los violadores, que nadie pone en duda cuán odiosos son. Y así, poco a poco, ya veremos hasta dónde llega la ola, y si tendremos que lamentarnos algún día a la manera de Martin Niemoeller. ¡Qué peligroso es abusar del Derecho cuando se hace desde el convencimiento de tener toda la razón y de que, en consecuencia, el fin justifica los medios!

– Un auto polémico. En un asunto en el fondo relacionado, Manuel Atienza ha publicado en el diario Información una pieza sobre el auto del juez Garzón que refleja una posición más que sensata. De lo más razonable que he leído por ahí publicado sobre este tema. Y es que estamos en lo mismo, en la importancia de las garantías y de la corrección procedimental. De cómo de esencial es salvaguardarlas porque, como bien menciona Atienza, en otro caso, ¿qué podríamos decir si la «manga ancha jurídica» la aplicara un juez para combatir en defensa de una causa que, a diferencia de lo que pueda parecernos la defensa de la memorio histórica, nos parezca abominable? El Derecho, en ocasiones, obliga a oponerse a causas justas. Me acuerdo inevitablemente, en estos casos, de cómo de importante, por ejemplo, era salir a defender ciertas garantías jurídicas a la hora de defender a Pinochet. Por mucha alegría extrajurídica que pudiera haber supuesto, en su día, en otro orden de razón, su situación a raíz de la iniciativa, también, de Garzón.

– Fines retributivos de la pena y ajusticiamientos. Mientras, en otras partes del planeta, están de ida (todavía) cuando nosotros hemos empeazado la vuelta.

Hay, por último, un delirante estrambote jurídico a cómo nos lo hemos montado los juristas españoles a la hora de pervertir el proceso penal en una indisimulada forma de aplicar formas de venganza, cuanto más sádica y cruel, mejor, a quienes creemos que la merecen: y es el caso de Hannah Jones, que en España ha llevado a recordar rápidamente a los medios de comunicación que, aquí, una niña de esa edad suficientemente madura también tiene reconocido, como por otra parte es razonable, el derecho a decidir sobre su vida. El Tribunal Constitucional, por lo demás, tuvo ocasión de dejarlo claro en su Sentencia 154/2002. Sí, es el mismo Tribunal que, reconociendo a un niño de 13 años capacidad para rechazar un tratamiento, se la niega, en cambio, a los presos.

– Profesores de mercadillo. Para quitar dramatismo a la cosa, que a fin de cuentas estamos en fin de semana, podríamos dar cuenta de que, al parecer, un programa de La Sexta está tratando de comprobar qué ocurre si pones a un vendedor de mercadillo a dar una clase en una facultad de Derecho. Parece obvio que, de algún modo, una broma de este estilo se ha de fundamentar en que el cambiazo pueda colar, aprovechando cierta desorganización ínista a la vida universitaria y el desconcierto inicial. Sin embargo, la cadena de televisión se topa con un funcionamiento más que presentable por parte de la facultad de turno (era la Facultat de Dret de la Universitat de Barcelona) y la broma no ha tenido demasiado recorrido. El supuesto profesor no logra dar el pego (apenas si tiene tiempo porque el profesor verdadero llega puntual y, además, a las primeras de cambio ha de responder a una pregunta más o menos técnica que le plantea un estudiante y que deja en evidencia que es precisa cierta preparación para enseñar la asignatura). El vídeo puede verse aquí (se trata de los cinco últimos minutos).



Propiedad del Jefe del Estado

De entre las muy jugosas declaraciones recogidas por Pilar Urbano en su nuevo libro, me parecen especialmente interesantes, jurídicamente, las relacionadas con reflexiones sobre la naturaleza de la Monarquía que, por venir de quien vienen, es indudable que están dotadas de cierta autoritas. Quizá sobre otros asuntos pueda haber discusión, pero en lo que se refiere a la Jefatura del Estado, sin duda, no podemos negar que esta señora ha de saber de lo que habla:

«Para los republicanos, nadie tiene derechos de cuna. Ahora bien, cuando esos republicanos son ricos, o tienen un negocio, o una casa, ¡bien que dejan las propiedades en herencia a sus hijos! Coherencia, pues».

«Hassan II a mi marido intentaba tenderle trampas: ‘Ven, ven a Ceuta o Melilla, y yo te monto allí un recibimiento por todo lo alto’. Había que decirle: ‘Pero Hassan, ¿cómo vas a recibirme en unas tierras que son mías

«El Palacio Real de Atenas era mi casa mientras viví allí. (…) Donde siempre vi al rey, veo al presidente de la República. Me repugnaba estar allí (…) Tanto, que tuve un golpe de náusea física».

Sofía Margarita Victoria Federica de Glucksburgo, Reina de España. Las negritas son mías.

Por si alguien tiene alguna duda, además, la Reina confirma también que, a su juicio, nadie puede criticar o a atacar a la Monarquía sin estar por con ello erosionando gravemente la Cons-ti-tu-ci-ón (o algo así). Eso sí, nos indica que no es partidaria de denunciar a quienes los critiquen. Cierto es que, a la vista de cómo funcionan las cosas en nuestro país, tampoco es demasiado necesario, según ha quedado demostrado, que la Corona adopte un papel activo en estos asuntos.



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