El auto de Pedraz (los jueces y la expresión de ideas políticas)

Tenemos una buena montada en España a cuenta, como es sabido, de una parte de un auto de un juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz (que se puede consultar aquí), que al enjuiciar la admisibilidad del procedimiento por delitos contra las instituciones del Estado de ciertas personas que convocaron una concentración para rodear el Congreso el pasado 25 de septiembre afirma, entre otras cosas, a efectos de argumentar que no hay tal delito, lo siguiente:

“……pues hay que convenir que no cabe prohibir el elogio o la defensa de ideas o doctrinas, por más que éstas se alejen o incluso pongan en cuestión el marco constitucional, ni, menos aún, de prohibir la expresión de opiniones subjetivas sobre acontecimientos históricos o de actualidad, máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política”.

La referencia a la «decadencia de la denominada clase política» ha incendiado muchos ánimos en un país donde la casta política, además de dedicarse a sus cositas, es muy susceptible. Así, se han sucedido los comentarios más o menos indignados, con diputados que han llegado a insultar al juez (ante lo que Jueces para la Democracia ha pedido el amparo para el magistrado por parte del CGPJ). Y, por otro lado, mucha gente saluda que el juez no sólo ponga coto a los excesos policiales y del Ministerio del Interior, que está enviando a la gente a los calabozos con excesiva pasión sin entender cómo funciona el derecho de reunión en un país democrático sino que, además, reflexione sobe la decadencia de esa casta política.

El asunto, a pesar de la polémica, me parece menor, la verdad, pero permite extraer algunas conclusiones sobre diversos temas:

– En primer lugar, sobre la legalidad de una manifestación frente al Congreso que no impide el normal desarrollo de una sesión. ¿Es o no delito? Parece sensato pensar, a partir de la redacción del tipo penal, y la conveniencia de ser estrictos y restrictivos en su interpretación, que no estamos ante un delito si no se produce el resultado exigido por el Código penal: la perturbación de la sesión plenaria. Está muy bien explicado aquí y es más o menos lo que acaba diciendo el Auto del juez Pedraz. De hecho, ese tipo de análisis, técnico y aséptico, es el que habría sido deseable, la verdad.

– En segundo lugar, respecto de la pertinencia o conveniencia de que un juez expresa ideas políticas en sus sentencias. Resulta bastante evidente que un juez ha de reprimir la expresión de sus ideas políticas. Especialmente en sus sentencias. Yo tampoco creo que más allá de su trabajo pierdan sus derechos a la libertad de expresión los jueces y no creo que sea bueno restringirles más de lo que una elemental prudencia por su parte aconseja. Que no hablen de casos judiciales y de sus colegas estaría bien, pero de todo lo demás, ¿por qué no? Y, en cualquier caso, incluso para jueces imprudentes (o que no compartan mi idea de prudencia), hay que tener claro que el límite es, obviamente, hablar de sus casos por ahí, ir contando cosas, dar opiniones sobre una instrucción o un juicio… Ahora bien, una cosa es que esa libertad de expresión e ideológica subsista en general y otra que lo haga cuando hablan en tanto que jueces, ejerciendo la función jurisdiccional y hablando en nombre de la ley y el Derecho. En esos casos, en cambio, es obvio que el juez ha de limitarse a aplicar la ley y a analizar únicamente las circunstancias del caso que tengan consecuencias legales. Cualquier extralimitación, introduciendo comentarios u opiniones personales, es criticable.

Dicho lo cual, lo que hace el juez Pedraz es una referencia muy de pasada a la decadencia de la clase política para encuadrar un análisis sobre la legitimidad de una protesta. A mi entender es un error, y la expresión quizás desafortunada, pero en realidad no es tan grave, ni tan anómalo, ni tan impertinente. La frase está sacada de su correcto contexto. Por mucho que, la verdad, a mí me parezca una reflexión que bordea lo criticable y, sobre todo, que forma parte de un argumento innecesario para la exégesis jurídica que se le requería. Más que nada porque que las protestas sean más o menos encuadrables en ideas compartidas por mucho o que puedan ayudar a las ideas y valores constitucionales, o que sean «sensatas» o «entendibles», es absolutamente irrelevante para que estén cubiertas o no por el derecho constitucional de reunión.

La polémica, pues, está francamente sobredimensionada. Y llama la atención que se lancen medios de comunicación y políticos en tromba contra un juez que quizás comete un mínimo error de prudencia al hacer esa reflexión, genérica y en el desarrollo de un argumento, cuando día a día estamos leyendo autos de jueces, normalmente jaleados, con severas impertinencias respecto de testigos o acusados (me viene a la mente ahora, por ejemplo, el que admitió a trámite en la Audiencia Nacional la querella contra consejeros de Bankia). O la transcripción de interrogatorios francamente agresivos y bordeando el insulto personal como lo son los que los medios de comunicación publican respecto del juez que instruye el caso Urdangarín. Pero en esos casos, aparentemente, a nadie ofende el comportamiento de los jueces. Será porque se meten con «malos» oficiales.

Conviene recordar que, en realidad, la razón por la que, en el ejercicio de sus funciones, es bueno tener «acotada» la libertad del juez es porque no es bueno que su criterio sustituya al de los ciudadanos expresado en la ley. Los jueces que son alegres intérpretes de su libertad para desligarse del marco jurídico o para interpretarlo imaginativamente suelen ser jaleados por algunas personas que piensan como ellos. Se equivocan quienes así actúan. Porque nada les asegura que si dejamos que los jueces juzguen quién merece respeto y quién no (o qué ideas lo merecen) y actúen en consecuencia no llegará el día en que esa misma libertad pueda ser usada para defender (o atacar) a personas o ideas que nos caen simpáticas. Y ese día no nos haría tanta gracia. Así que mejor pedir a los jueces que, cuando escriban o se expresen como tales en ejercicio de la función jurisdiccional, mejor si lo hacen de una manera lo más aséptica posible y ciñéndose al análisis jurídico de las circunstancias del caso.

Es verdad que Pedraz no ha siso muy aséptico, pero también que su expresión se inserta en un argumento más amplio y que, necesario o no (a mí no me lo parece), está jurídicamente construido. Así que emplearíamos mucho mejor nuestro tiempo analizando otras actuaciones judiciales que, como he comentado, son excesos mucho más criticables.



8 comentarios en El auto de Pedraz (los jueces y la expresión de ideas políticas)
  1. 1

    Totalmente de acuerdo.

    Un par de cosas solamente: En su intención política ( la puyita la tiene) se ha metido un tiro en el pie. La obviedad de la decadencia, de tan genérica la podría haber atribuido también al poder judicial o a la sociedad misma. Y otra cosa, después que no se quejen de que se vaya diciendo por ahí que la justicia está politizada y que como dijera aquel «es un cachondeo».

    http://www.rtve.es/alacarta/videos/programa/juez-santiago-pedraz-asumira-causas-instruia-garzon/772557/

    PS: «Me se saltan las lágrimas»

    Comentario escrito por josé luis — 06 de octubre de 2012 a las 8:49 am

  2. 2

    A ver cuándo termina de pasarse de moda lo del «tiro en el pie». El recurso a la expresión. Por lo demás: muy bien.

    Comentario escrito por pablo — 08 de octubre de 2012 a las 8:10 am

  3. 3

    No estoy de acuerdo en la crítica, por cuanto el sintagma se ve mutilado, no en la cita, sino en el análisis. No es «la decadencia de la denominada clase política», sino «la convenida decadencia de la denominada clase política». El magistrado instructor no emite juicio sobre la clase política, sino sobre el grado de acuerdo que existe en la ciudadanía sobre dicha decadencia. Lo explica perfectamente Antonio Orejudo en su columna de hoy. Y sobre esa convención de la ciudadanía, hay datos objetivos, como las encuestas del CIS. Por otro lado, el artículo 3 del Código Civil, de aplicación subsidiaria, obliga a todo juez a tener en cuenta el contexto social a la hora de dictar una resolución. En ese sentido, reconocer que para muchísima gente los políticos son un problema no expresa un juicio propio, sino que contextualiza una reacción ciudadana.

    Comentario escrito por Teniente Kaffee — 08 de octubre de 2012 a las 8:17 am

  4. 4

    Hola y gracias por el artículo,

    El TC ha delimitado tropecientos vences el ámbito político y el jurídico de lo que es un acto «Político» (si acto administrativo o no, sus efectos jurídicos, arbitrariedad y/o discrecionalidad). El caso es que me parece que el Auto es impecable jurídicamente hablando, de ahí que me sorprenda que deslice un comentario político en algo que no lo es. Podría interpretarse que ha tratado de justificar el comportamiento de los convocantes pero no viene al caso porque, salvo los políticos, al Derecho Penal le importa un pito las motivaciones de los actos.

    Creo que los tiros van más bien a que el «negocio causal» es político y de ahí cabe extraer la justificación de Pedraz. Ha tratado de ser empático con los denunciados y justificarlos de manera ajurídica.

    Un cordial saludo,

    Borja

    Comentario escrito por Borja — 08 de octubre de 2012 a las 11:14 am

  5. 5

    Gracias por el artículo, profesor. Saludicos,
    B.

    Comentario escrito por Baturrico — 09 de octubre de 2012 a las 8:55 pm

  6. 6

    No es por picar (y además, mucho me temo que no tengo la influencia de Baturrico a la hora de animar al cocinero y Doctor Andrés), pero sigo a ambos juristas en sus escritos blogueros y me parece una interesante lucha de titanes… ¿Habrá contestación al Teniente Kaffee?

    Comentario escrito por ieau — 14 de octubre de 2012 a las 12:29 pm

  7. 7

    Poco puedo contestar yo al Teniente Kaffee. Nomsé quién es, pero sabe de lo que habla, lo cuenta muy bien y, en consecuencia, sólo queda leer, aprender y disfrutar.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 14 de octubre de 2012 a las 4:05 pm

  8. 8

    ¡Rayos, truenos y centellas! Y yo que había reservado una butaca en primera fila para disfrutar del combate…

    Si quiere desquitarse, también se le puede llevar la contraria al Teniente Kaffee, como sucedió en esta entrada:

    http://www.eldiario.es/zonacritica/Gordillo-analisis-juridico_6_41355868.html

    un lector le recomendó la lectura de esta otra:

    http://senti2comunes.wordpress.com/2012/08/12/panuelo-palestino-versus-tipos-de-interes/

    (Ya sé que no es derecho administrativo, pero a mí me parecieron ambos muy interesantes).

    Yo les seguiré leyendo a todos: no hay nada como tener buenos maestros para aprender.

    Comentario escrito por ieau — 14 de octubre de 2012 a las 5:12 pm

Comentarios cerrados para esta entrada.

No se trata de hacer leer | RSS 2.0 | Atom | Gestionado con WordPress | Generado en 0,404 segundos
En La Red desde septiembre de 2006