Ilegalización de partidos políticos

A la vuelta del puente de la Constitución, publica hoy El Mundo una noticia muy importante respecto de la correcta interpretación del marco axiológico que ordena nuestra convivencia. Al parecer, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con todo lo que ello significa, ya ha decidido admitir el recurso de Batasuna contra su ilegalización. El recurso defiende que la Ley de Partidos (y la interpretación constitucionalmente sancionada por el TC de la misma que permitió al Reino de España disolver la organización abertzale) son contrarias a las normas de mínimos en materia de protección de los derechos humanos vigentes en toda Europa. Como bien señala la noticia, la mera admisión del recurso es más que significativa aunque, como es obvio, de este asunto habrá que hablar mucho cuando llegue la sentencia.

Lo cierto es que a mí me habría gustado más que, puestos a defender ciertos valores básicos, hubiera sido el Tribunal Constitucional el que se lo hubiera currado en su Sentencia 48/2003, el que hubiera sido capaz de sustraerse a la marea política del momento y se hubiera puesto exigente en materia de derechos humanos. Ésta es, de hecho, una de las funciones de los juristas. La de ponernos «tontos», aunque no se entienda socialmente, en ciertos momentos, cuando el clima no acompaña, al menos no de primeras, nuestro cerril emperramiento en defender nuestras «absurdas y rígidas garantías». La tentación del atajo es humana y muy comprensible en su generación y ejecución. La comunidad jurídica, por mucho que obviamente no tenga capacidad para imponer sus obsesiones de fondo a largo plazo, sí puede y debe (dado que en principio sólo ella puede hacerlo bien, bien de verdad, con capacidad para ser efectivo valladar frente a tentaciones coyunturales), mantenerse firme en la defensa de ciertos bienes y garantías adquiridas para todos gracias a mucho esfuerzo colectivo, que se encuentran en la base del éxito de nuestro modelo de sociedad. Con calma, cuando pasa la situación de necesidad, superada la tentación del atajo, casi todo el mundo es consciente de la conveniencia de construir nuestra convivencia respetando esos valores y garantías. Afortunadamente. El problema es qué hacer, cómo actuar, cuando falta la calma e impera la urgencia. Por eso es tan importante que, quienes tienen la responsabilidad de velar por tan importantes bienes, no cedan a las primeras de cambio. Será en parte triste, por este motivo, que sea el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el que haya de enmendar la plana al Tribunal Constitucional (si es que finalmente es lo que acaba ocurriendo). Triste, pero necesario, dado que nuestro Tribunal, así como nosotros como juristas, como comunidad, hicimos una manifiesta dejación de nuestras funciones al no funcionar como freno a las bajas pasiones sociales sino, antes bien, en algunos casos, incluso azuzarlas.

La Sentencia 48/2003, muy resumidamente, optó de forma cobarde por «interpretar» la Ley de Partidos a partir de unos postulados que sí permitían predicar su constitucionalidad. Aunque técnicamente la solución podía ser aceptable y, de hecho, la sentencia es incluso correcta, suponía de facto hacer dejación de las funciones que tiene encomendadas en Tribunal. Porque la Sentencia, resumidamente, obligaba a interpretar la ley de forma que no podría ser aplicada, de manera que no permitiría ilegalizar partidos por cuestiones de mera ideología y de la manifestación de la misma. De este modo entendida, es cierto, la ley sí podía ser constitucional, pero era obvio que lo era, entre otras cosas, porque pasaba a no servir para nada, a no aportar nada nuevo a nuestro ordenamiento. Por esta razón digo que el hecho de interpretarla de esa manera para hacerla constitucional era cobarde y suponía hacer dejación de funciones: permitía la subsistencia en el ordenamiento de una ley que, entendida como dijo el TC, nunca sería utilizada, por lo que a nada servía y, a cambio de tan magro rédito nos traía el evidente riesgo de, por la puerta de atrás, avalada su permanencia en el ordenamiento jurídico, abrir la puerta a la posibilidad de que fuera utilizada a partir de los criterios interpretativos teóricamente proscritos por el TC. Como, de hecho, ocurrió con posterioridad, amparando una ilegalización de base ideológica mientras el TC se lavaba las manos y olvidaba las cautelas de su propia sentencia de marzo de 2003. Y, así, gracias a la ley de partidos, podemos ilegalizar a formaciones políticas por motivos tan peregrinos como, por poner un ejemplo (que fue determinante en su día para la ilegalización de Batasuna tras un atentado en Santa Pola y que vuelve hoy a estar en boga), no condenar la violencia terrorista.

Si la única manera de remediar este estado de cosas es que venga el TEDH y nos enmiende la plana, manifiesta como es a estas alturas la ausencia de voluntad (o de capacidad) que hemos demostrado los juristas españoles para oponernos a estas aberraciones, pues bienvenida sea.



16 comentarios en Ilegalización de partidos políticos
  1. 1

    Molt bé Andrés, enhorabona pel teu blog, el trobo molt formatiu per als no-iniciats en matèria jurìdica. Dels blogs més interessants que es poden llegir!

    Quisiera hacer una pregunta, desde la curiosidad del supino ignorante: si existen pruebas de la colaboraciòn de Batasuna con ETA, por qué se ha optado por la ilegalizaciòn de un partido (algo que supone un cambio en el ordenamiento establecido, susceptible de ser interpretado como una agresiòn a la libertad democràtica y difìcil de aplicar y a las pruebas nos remitimos) en vez de emprender medidas legales contra los responsables de esos partidos -tesoreros, secretarios, etc- de quien se pudiera probar una colaboraciòn con el entorno de ETA?

    Saludos cordiales,

    Marc

    PD: Scusate, le tastiere italiane non hanno gli accenti appropriati per scrivere bene :-)

    Comentario escrito por Marc Nadal — 10 de diciembre de 2007 a las 10:58 am

  2. 2

    esa pregunta nos la hacemos un poco todos…..si son complices y colaboradores de eta…¿por qué no se les empura por cooperación y coautoria?

    yo creo que por imagen y electorialismo, y por cortarles ayudas económicas que por sus votos les correspondian

    Comentario escrito por pescadilla — 10 de diciembre de 2007 a las 2:05 pm

  3. 3

    El análisis me ha gustado, pero he echado en falta un poco de especulación. Si el Tribunal dice que la decisión era incorrecta todos sabemos que el entorno de HB lo explotará lo más posible e intentará dejar al gobierno como si fuese el de Sudáfrica en los tiempos del apartheid. ¿Pero qué otras consecuencias tendrá, aparte del ridículo, el bochorno y ver cómo los terroristas y sus amigos se parten el ojete de la risa?

    Comentario escrito por SuperSantiEgo — 10 de diciembre de 2007 a las 5:00 pm

  4. 4

    Coincido con tu análisis sobre la función del jurista y sobre el incumplimiento, en ocasiones, de esta función.

    Me pregunto cuál es el sentido de condenar la violencia si hacerlo es obligatorio. También me pregunto cuál es el motivo por el que los cargos de Batasuna, ANV, etc. no han utilizado la vieja fórmula salvatraseros: «por imperativo legal, condenamos el atentado que tuvo lugar ayer en tal sitio». No creo que la ley pueda exigir que la condena se haga «de corazón», o «sintiéndolo de verdad», condición que algunos pretenden imponer como supuesto de hecho de determinadas consecuencias jurídicas relacionadas con todo este asunto (ley de partidos, beneficios penitenciarios…).

    Otra cuestión a tratar es el tema del Derecho Penal del Enemigo y las consecuencias contraproducentes de su evidente aplicación, tanto en el CP del 95 en origen como en sus sucesivas reformas que, desde entonces, han incidido en este punto.

    Saludos

    Comentario escrito por rfm — 11 de diciembre de 2007 a las 8:09 am

  5. 5

    No creo que el recurso de Batasuna vaya más allá de la admisión a trámite. No sé si ese tribunal europeo sentará algún tipo de jurisprudencia y si sus decisiones deberían aplicarse a toda Europa. Pero lo cierto es que en todos los países susceptible de verse afectados hay partidos políticos prohibidos. En Alemania, sin ir más lejos, el partido comunista está prohibido. También intentaron ilgalizar al NPD, el refugio de los neonazis, pero el intento les falló por un defeco de forma.

    Si la decisión de ilegalizar a los batasunos se debe a un fallo poco riguroso con la Ley de Partidos o la propia Constitución, vale. Pero, si como usted mismo dice: «son contrarias a las normas de mínimos en materia de protección de los derechos humanos vigentes en toda Europa.» ¿Quiere eso decir que una decisión favorable para los abertzales obligaría a Alemania a legalizar a los nazis del NSDAP?

    Comentario escrito por emigrante — 11 de diciembre de 2007 a las 11:06 am

  6. 6

    #Pero lo cierto es que en todos los países susceptible de verse afectados hay partidos políticos prohibidos. En Alemania, sin ir más lejos, el partido comunista está prohibido#

    ¿estás seguro, emigrante, de esta afirmación? que yo recuerde de cuando estudie los derechos fundamentales, alemania era de hecho el unico país que tenía ilegalizados partidos, y este hecho excepcional en el derecho comparado europeo se justificaba por la extrema gravedad de los hechos históricos que el partido nazi causo para la propia alemania y el resto del mundo

    a bote pronto me viene a la cabeza el sin fein, similar a la propia hb en sus circunstancias, que nunca fue prohibido

    por eso me extraña tu afirmación de que «todos» los paises europeos ilegalizan partidos, ojo

    Comentario escrito por pescadilla — 11 de diciembre de 2007 a las 1:59 pm

  7. 7

    La verdad es que la situación es, desde un cierto punto de vista (jurídico), de locos.

    Hay que tener en cuenta que, en efecto, el Derecho europeo es mucho más «generoso» con las ilegalizaciones de partidos politicos que el modelo constitucional español. Frente a nuestro orden de valores, que consagra una «democracia no militante», donde se supone que todo (todo) puede ser defendido como opción política, incluso las que van contra la Constitución, hay otros Derechos, es el caso del alemán, que consagran una visión de democracia militante (aunque con matices, pues el paso del tiempo ha ido limando algunos rasgos excepcionales, como demuestra la actual existencia, consentida, de partidos ultras de extrema derecha que se reclaman herederos, de alguna forma, del nazismo).

    El Derecho europeo en la materia es, por ello, «de mínimos» y denominador común de la tradición europea. Por eso, en principio, sería impensable que una ilegalización que ha pasado el filtro del TC fuera después tumbada en Europa. Nos pintarían la cara, doblemente, en lo jurídico.

    Hay que tener en cuenta, por ejemplo, que el TEDH ya ha aceptado alguna ilegalización de partidos, en el caso turco, aunque con algunos perfiles un tanto diferentes.

    En cualquier caso, es muy difícil una condena, a mi entender, por todo lo dicho. Pero ya veremos. También es cierto que los perfiles del caso turco eran distintos a los del español y que, además, algunos preceptos de la ley de partidos afectan ya no tanto a derechos como el de defender ciertas ideas sino a derechos de participación política de ciertas personas en vista de su pasado. Quizá por ahí…

    ¿Por qué se ha empleado esta vía y no otras, más lógicas, de condenar por foamr parte del entramado de ETA si efectivamente hay pruebas de ello? Pues, sencillamente, porque no hay esas pruebas. Y cuando se ha tratado de meter en la cárcel a la mesa nacional de HB, por ejemplo, los revolcones posteriores han sido de órdago. Con todo, con el clima actual (véase las actuales detenciones o el show de De Juana) a lo mejor los jueces del Supremoi y Constitucional se mostrarían «más comprensivos» de lo que lo fueron antaño, que dejaron salir su vena más garantista (o moderadamente garantista).

    ¿Por qué el mundo abertzale no condena, siquiera sea «pro forma»? Porque, manifiestamente, esta situación, a medio y largo plazo, les interesa que siga así. Esto es, un Estado, el español, ilegalizando partidos por la emisión de opiniones «negativas» o sea, por la no emisión de una determinada opinión.

    Lo más triste de todo (ver la prensa de hoy) es que seguimos «empeñados» en que la clave para que un partido sea legal ha de ser que «condene la violencia» y a prácticamente todo el mundo algo así le parece normal. Eso demuestra una enorme degradación del sentido democrático y liberal de nuestra sociedad.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 11 de diciembre de 2007 a las 2:15 pm

  8. 8

    Pescadilla, la fuente de la que extraje el dato es mi mujer, que está tan puesta en derecho como el primo de Rajoy en Física de la atmósfera, pero es alemana. Lo cierto es que no conozco ningún partido en la Bundesrepublik que lleve la palabra Komunist en el nombre. El antiguo partido único de la DDR, el SED, lo prohibieron y su último jefe, Egon Renz, estuvo una temporada a la sombra tras la reunificación. Lo más parecido que hay es el PDS (con S de Sozialist) que son unos apestados en el Bundestag por estar sus cuadros infestados de antiguos miembros de la Stasi. El último escándalo en el Bundestag fue tras la pasadas elecciones cuando los socialistas propusieron como miembro de la mesa de presidencia a su lider, Lothar Biski, la votación se estuvo repitiendo hasta que los excomunistas desistieron y pusieron a otro candidato sin un pasado tan oscuro.

    Comentario escrito por emigrante — 11 de diciembre de 2007 a las 11:30 pm

  9. 9

    emigrante, no te estaba discutiendo el dato de alemania, de hecho te he dado la razón por la que en alemania ilegalizan partidos, que no es otra que su trágica y reciente historia; en alemania tienen muy presente el dato que ciertos partidos no es que sea peligroso que existan, sino que son peligrosos porque los alemanes son capaces de darles el poder (otra vez)

    lo que te estaba discutiendo era el dato «todos los paises europeos» y te he puesto el ejemplo UK-Sinn Feinn para que todos vieramos que no TODOS los paises europeos ilegalizan partidos

    Comentario escrito por pescadilla — 12 de diciembre de 2007 a las 6:39 am

  10. 10

    Buena papeleta tiene el TEDH, si al final declara ilegal la ilegalización (valga la redundancia), los nazis alemanes irán corriendo a reclamar lo mismo, y lo que nos íbamos a reír entonces…

    Comentario escrito por Marianito Gafotas — 12 de diciembre de 2007 a las 1:22 pm

  11. 11

    Según tengo entendido, pase lo que pase en Europa no va a afectar a las actuaciones totalitarias contra la izquierda abertzale, por cuanto además de la descacharrante vía de la ley de partidos existe ese tribunal especial, contrario a la unidad jurisdiccional, heredero del TOP fascista y que se llama Audiencia Nacional, que se dedica a lo mismo.

    Es aquello de tanto monta, monta tanto, garzón como marlaska.

    ¿Estoy en lo cierto?

    Comentario escrito por popota — 14 de diciembre de 2007 a las 2:41 am

  12. 12

    El compilatorio Editorial hodierno de El País cita un fragmento justificador de la sentencia confirmatoria acerca del partido islamista ilegalizado en Turquia (curiosamente, entonces se entendió como un abuso en los medios españoles, propio de un estado autoritario): «no haberse ‘distanciado de los militantes que han aprobado públicamente la posibilidad de utilizar la fuerza contra los políticos que se opongan a ellos'». Evidentemente, no es el caso de la Batasuna del 2002. Además, quien participó en ese Partido del Bienestar -y sus sucesores- es hoy Presidente de Turquía. Lo dicho: nada que ver.

    Comentario escrito por Tvrtko (Berengario) — 14 de diciembre de 2007 a las 12:58 pm

  13. 13

    Yo pienso que la brutal extrema derecha vasca debería ser subvencionada como hasta ahora, así sus escuadrones de la muerte no estarían tan desanparados.

    Comentario escrito por Anselmo Lorenzo — 15 de diciembre de 2007 a las 1:37 pm

  14. 14

    Por un lado tenemos -en la cúspide de la máxima pureza doctrinal y la máxima arrogancia racial- a la extrema derecha en sus tres variantes (porque Dios es uno y trino): la extrema derecha bizkaitarra y euskalerriaca, la extrema derecha falangista, y la extrema derecha catalana.

    Luego tenemos a los partidos que actualmente representan como pueden a la oligarquía y la burguesía farisea: EAJ Eta PNV, Convergencia i Unió, PP y PSOE.

    En tercer lugar tenemos los restos de la izquierda hundida, el laborismo, el anarquismo burgués, y el federalismo republicano.

    Y en último lugar tenemos el submundo del grapo y asimilados.

    Comentario escrito por Yehuda ben Leví — 16 de diciembre de 2007 a las 6:32 pm

  15. 15

    La cuestión, claro, dentro de esta tipología de partidos existentes hoy por hoy en España, es cuántos son ilegalizados y cuántos, si es que alguno, merecerían serlo.

    Comentario escrito por Anna — 18 de diciembre de 2007 a las 2:17 pm

  16. 16

    ¿Puede alguien decir algo de la democracia militante?
    ¿Qué es?, ¡¿ha de reflejarse en la Constitución de los países?, ¿cómo?….

    Comentario escrito por Mar — 19 de diciembre de 2007 a las 12:14 pm

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