Algunos (tenues) límites a la funcionarización de personal laboral y al dedazo en materia de empleo público

Las crisis tienen sus cosas buenas. Por ejemplo, en países como el nuestro son prácticamente los únicos momentos en que aflora cierta indignación popular frente a desmanes por lo demás habituales y si la cosa se generaliza empiezan a llegar incluso sentencias que ponen un mínimo coto al cortijo admnistrativo que, en corruptelas varias de baja intensidad (pero extendidas por todos los órganos de nuestra Administración, cual absceso de una virulencia y agresividad inigualables) asuelan nuestra organización pública y la convierten en un monstruo que nada tiene que ver con los principios constitucionales en que ha de inspirarse. Hace no mucho hablábamos de que uno de los agujeros negros de nuestro Derecho público se refiere al empleo público y las numerosas puertas falsas que hemos dejado entreabiertas, para uso de quienes saben dónde se encuentran. Comentábamos también que el hecho de que el control judicial sobre estas prácticas sea tan insuficiente es una de las razones de que no haya manera de erradicar esta lacra. Ahora, bien, de vez en cuando aparece algún juez o tribunal que se pone las pilas. Es lo que ha ocurrido hace poco en un par de ocasiones.

Así, ha sido noticia reciente que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha anulado la funcionarización, realizada sin proceso selectivo alguno, de 534 laborales del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras aprovechando que en una de esas maniobras de prestidigitación jurídica que tanto gustan en este país nuestro lo estábamos convirtiendo en una rutilante Agencia (y ya se sabe, pues eso, que si es Agencia es Derecho público, ergo vamos a meter por la puerta de atrás a todos y a convertirlos en funcionarios de carrera de por vida). El Tribunal argumenta con cierta sencillez de esas que desarma al más pintado que no se puede integrar en la función pública a la gente así como así, cuando estamos hablando de personas que no han superado pruebas de acceso dignas de ese nombre, basadas en los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, sino que fueron reclutados, si se me permite la expresión, «a mano», artesanalmente, con cuidado, con mimo, uno a uno…

La Sentencia es interesante porque se deduce claramente que para la Junta de Andalucía esto de la funcionarización no deja de ser un fait accompli bastante evidente y automático. Conviertes un Instituto en Agencia, pues todo el personal funcionario y santas pascuas. Cómo fueron contratados los trabajadores del viejo Instituto, pues ni se plantea. ¡Lo fueron como siempre! Hay una perversa lógica en todo esto que, además, se apoya en el necesario respeto a los derechos de todo trabajador (la Junta incluso llega a invocar la sucesión de empresas para justificar el tema) pero que olvida una cosa: un funcionario no es un trabajador cualquiera. De manera que cabe exigir un proceso de selección exigente y no se puede, sin más, funcionarizar al personal. Obviamente, una solución pasaría por lograr cosas como que en ciertos instututos, fundaciones y sociedades públicas la contratación fuera también extraordinariamente rigurosa y cumpliera con las exigencias del 23 CE, pero como no vivimos en el Mundo de la Piruleta Feliz sino en España, pues no vale la pena plantear contrafácticos que no tienen sentido. Lo llamativo de la sentencia es que el caso sobre el que opera revela un grado de degradación enorme. Pensar que se puede meter a casi 600 personas en plan automático en la función pública aunque no hayan pasado proceso de selección pública alguno muchos de ellos es revelar freudianamente de manera muy clara qué entienden nuestras Administraciones que es todo esto: un cachondeo. Bien por la sentencia, pues. Aunque conviene contar la  segunda parte de la historia. A saber, que no creo que esto inquiete demasiado ni a la Junta ni a los trabajadores. Les supondrá una molestia porque les tendrán que organizar unos saros destinados a su promoción y reconversión, con «rigurosas pruebas selectivas» en forma de cursillo o algo semejante,  pero poco más. Y es más que posible que esto, luego, no llegue a controlarlo ningún juez. ¡A ver cuándo empezamos a controlar en ejecución de sentencia que se prohíban esas prácticas convalidadoras de los procesos de selección ordinarios por entenderlos como lo que son, un fraude!

Si esta Sentencia ilustra bien a las claras cuáles son los mecanismos al uso para meter la cabeza en la Administración y llegar a funcionarizarte, esta otra del Tribunal Supremo ilustra la segunda parte de la jugada: cómo una vez dentro, sea como sea, puedes aspirar a lo más alto con tal de que te portes bien, seas un chico bueno  y sepas lo que se espera de ti (disculpas por no haber encontrado la sentencia original). Nada menos que 161 altos cargos nombrados a dedo, evitando concursos. La flexibilización de las libres designaciones, que además luego permiten consolidar a sus beneficiarios todo tipo de niveles retributivos y de escala, es otra de las lacras de nuestro sistema, que ha pervertido hasta el paroxismo las excepciones que permitían recurrir a las mismas para convertirlas en norma. Bien está que poco a poco los Tribunales empiecen a anular este tipo de nombramientos. El problema, de nuevo, es que nada se resuelve si se falla varios años después y no se anulan todas las prebendas consolidadas por estas prácticas y por esta gente. El drama es que, además, estas prácticas impresentables están tan en la norma de comportamiento de nuestras Administraciones que comienzan a pasar a la norma escrita (y si esta es una ley nada podrán decir nuestros jueces). El terrible estado del empleo público en España es que, además, los controles debieran ser anteriores para ser eficaces. Por no mencionar, en toda esta opereta, el papel que juegan los sindicatos, normalmente complaciente y, si eso, quejándose a posteriori. Pues no, si hicieran un trabajo serio habrían de ponerse de uñas antes y no varios años después (ojo a esta verbenera noticia sobre la situación en Valencia, por ejemplo, con los sindicatos en Valencia en el papel de capitán Renaud en Casablanca, indignados al descubrir que en este antro se juega).

Por último, claro, conviene advertir de que no cualquier concurso es la panacea. Si no logramos controlar que éstos no se conviertan en verdaderas pantomimas y todo nos da igual, ¿de qué serviría el mayor rigor del que hablamos? El siempre interesante y entretenido blog de Sevach nos daba hace poco un buen ejemplo de convocatoria teledirigida que, mientras no se controle mínimamente, permitirá a las Administraciones seguir haciendo de su capa un sayo.



7 comentarios en Algunos (tenues) límites a la funcionarización de personal laboral y al dedazo en materia de empleo público
  1. 1

    La sentencia de Asturias se puede ver aquí (http://otrafuncionpublica.blogspot.com/2011/10/el-tribunal-supremo-confirma-la.html), pero es mejor no hacerse ilusiones, porque hay varias en la misma línea y lo que hizo la Comunidad Autónoma fue modificar la ley para poder incumplirlas impunemente. ¿No hay en nuestra Constitución algo así como una «reserva jurisdiccional», que debería impedir que se dicte una ley con la finalidad exclusiva de burlar las sentencias judiciales? Todo esto también tiene que ver con la progresiva «bagatelización» de la ley, propia del Estado autonómico. En fin, debatamos, mientras los jefes de servicio se siguen nombrando «more digitalis».

    Comentario escrito por LuisaGC — 17 de noviembre de 2011 a las 7:59 pm

  2. 2

    Pues mira Andrés…creo que voy a disentir, al menos a nivel Sanitario, de tu línea argumental.

    El chiringo montado por la Agencia Valenciana de Salut en total y absoluta connivencia con los sindicatos, en un clima de paz y concordia que ni la «Pax Romana»…es para echarse a llorar.

    El sistema de bolsas de trabajo en sanidad en la Comunidad Valensiana es KAFKIANO. No es practico, no es util y no es justo. Solo puedes apuntarte en un maximo de tres areas de salud de la Comunidad a pesar de que hay una veintena. La bolsa muchas veces esta cerrada. La actualizacion de meritos no es instantanea y los unicos meritos que cuentan son «años trabajados» y «el valensiano»…ni tesis, ni trabajos, ni estudios, ni pollas.

    Si analizamos el proceso de seleccion de personal a traves del Concurso-Oposición la cosa ya alcanza tintes DRAMATICOS. El ultimo examen para Facultativos Especialistas así lo corrobora. En un país mínimamente decente TODAS LAS INTERINIDADES saldrían a concurso. TODAS es TODAS. No vale que un servicio no quiera perder a un trabajador y por tanto no salga su plaza a examen.

    En el concurso de traslados…mejor no hablamos. En lugar de salir ANUALMENTE, su periodicidad es poco menos que cada 8 años con suerte…y de nuevo…NO SALEN A CONCURSO DE TRASLADOS TODAS LAS INTERINIDADES.

    Resultado final: Nuestros servicios médicos se han llenado de MEDIOCRIDADES. De interinos blindaditos, acumulando puntos por mes trabajado para que cuando ya tengan una buena remesa, se saque la oposición ad hoc en la que muy posiblemente su Jefe de Servicio este en el tribunal. Se saben las preguntas, se aporta un chorro de puntos por años trabajados…y plazinha!

    ¿Entrevistas personales, Curriculum Vitae, Memoria de Proyectos, estancias en el Extranjero? Amos anda! Que esto no es Suecia!

    En el baremo de la ultima oposición, con tener 5 articulos (y no importaba el nivel de impacto de la publicación…el suplemento de Patrones del Burda cuenta igual que Nature) ya llegabas al máximo en este apartado. El 45% del Báremo eran años trabajados…simplemente dejar pasar el tiempo a tu traves…

    Una tesis doctoral cum laude…equivalia solo a 9 meses trabajados…

    ¿Sistemas de Oposición? De entrada no gracias.

    No estoy a favor del dedazo…pero en serio ¿tu crees que podemos ser minimamente competitivos si un Jefe de Servicio (conjuntamente con una Direccion Medica o Economica hospitalaria) no puede ELEGIR o confeccionar libremente al personal de su plantilla? ¿Tu crees que en una empresa privada esto sucede?

    Comentario escrito por Garganta Profunda — 17 de noviembre de 2011 a las 8:04 pm

  3. 3

    El caso que citas es sólo la punta del iceberg. Los funcionarios de la Junta (pasando un proceso selectivo bastante exigente) llevamos un año protestando por lo que la Junta ha conseguido que a dia de hoy sea una realidad: TREINTA MIL personas (son datos contrastables) han pasado de fundaciones y entidades varias a agencias recien creadas para acogerlos. Treinta mil personas cuyo mérito principal ha sido proceder del mismo pueblo que el cargo de turno, tener carnet del partido, haber perdido su concejalía o puesto político etc etc. En los estatutos de dichas agencias se recoge textualmente que dichos trabajadores se acogerán al Estatuto Básico del Empleado Público. Y lo peor, esas agencias están asumiendo una gran parte de las competencias que hasta ahora venían desarrollando los funcionarios de las delegaciones provinciales o consejerías. Mi pregunta es ¿por qué los medios de comunicación no se hacen eco de esta situación ni de las protestas de los funcionarios? ¿Por qué está tan callado el principal partido de la oposición? A mí todo esto me indigna estemos o no en crisis, la verdad…

    Comentario escrito por Carmen R — 17 de noviembre de 2011 a las 11:00 pm

  4. 4

    Pues mira Luisa, como se suele decir, «me alegra que me haga esa pregunta». En España sí se ha estudiado el tema de la reserva jurisdiccional de la que hablas. S. Muñoz Machado tiene un libro de hace unos 25 años (editado en la ley) sobre la reserva de jurisdicción. Y posteriormente, en 2004, hay otra obra monográfica sobre el fenómeno de las leyes que convalidan decisiones administrativas declaradas ilegales, escrita por un servidor:

    http://www.uv.es/aboixp/investigacion/convalidaciones.htm

    Te anticipo, sin embargo, que mis conclusiones son que en nuestro marco constitucional la mayor parte de estas leyes, por impresentables que puedan parecernos política o éticamente, son posibles.

    En el fondo el problema, y ésa es la trista verdad, no es jurídico ni se resuelve con el Derecho. El Derecho ha de ayudar, ha de ser exigente, hemos de exigir leyes presentables. Y los jueces han de ser inflexibles y no consentir que la Administración ejecute como le dé la gana, tomando el pelo a todo el mundo, las sentencias en su contra. Pero es un tema social y cívico, sobre todo. Sin una cultura democrática que tenga claros los puntos básicos, no hay manera. Sin una reacción social potente contra las prácticas que cuenta Carmen de colar por miles a personas ahí dentro, no hay manera. Sin denuncias constantes y furibundas respecto de la «lotizzacione» de los puestos de jefatura en las AA.PP. y la conversión de nuestro modelo en un verdadero «spoil system», no hay manera. Sin unos sindicatos serios, no hay manera.

    Porque sin todo eso el Derecho se va a quedar siempre corto. Y pasarán siempre cosas como las que cuenta Garganta, donde un sistema rígido en apariencia, como él relata, está en el fondo blindado para interinos cuyas plazas no salen y demás (por cierto, Garganta, ¿de dónde sacas que ese modelo de aprovechar las rigideces para beneficiarme pero esquivarlas cuando me perjudican es lo que se preconiza aquí?).

    Otro tema es si en Sanidad y en Educación tiene sentido la funcionarización y sus reglas (yo siempre he creído que no). Pero si se funcionariza, por favor, que sea con respeto a criterios objetivables, por rígido y «molesto» que pueda ser.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 18 de noviembre de 2011 a las 10:35 am

  5. 5

    No se me encienda, Andres…fue un calentón producto del cabreo generalizado que en Sanidad se tiene al respecto de los RRHH.

    Es curioso como nuestros bienamados gestores no se cansan de proclamar a los 4 vientos las enormes ventajas de externalizar y privatizar servicios que SI que tienen potestad de confeccionar sus plantillas en base a la excelencia profesional…mientras que no tienen los cojones suficientes para cargarse un sistema de selección de personal inservible y contraproducente.

    Lo que digo siempre…Dejenme hacer a nivel de RRHH lo que le dejan hacer a la empresa externa…¡a lo mejor hasta lo hago mejor y mas barato!

    Comentario escrito por Garganta Profunda — 18 de noviembre de 2011 a las 11:25 am

  6. 6

    Si en el BOE se respeta el orden convocar una plaza mediante libre designación y cubrirla después, aunque ya esté decidido el adjudicatario, hablamos de finura jurídica. En otras Administraciones, adivinen cuál, se elige a la persona, se la lleva al puesto, se la presenta a los compañeros y meses después se publica la convocatoria en el Diario Oficial.

    Comentario escrito por Mar — 19 de noviembre de 2011 a las 12:31 am

  7. 7

    Se podría hablar de lo que sucedía en la Universidad hasta hace poco «¿cuando sacan mi plaza? era la pregunta de todos los días. Era tal el escándalo que se impuso la «acreditación de la ANECA» para por lo menos evitar los más que evidentes desmanes de la Universidad en este asunto.
    Pepin

    Comentario escrito por pepin — 21 de noviembre de 2011 a las 10:48 pm

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