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Ayer publiqué en el diario El País, edición de la Comunidad Valenciana, un artículo sobre el descontrol que se apodera de Valencia durante las Fallas y cómo, con la aquiescencia del Ayuntamiento, prácticamento todo pasa a valer gracias a la manida excusa de que «estamos en fiestas».
La situación de caos generalizado en beneficio de quienes quieren maximizar sus deseos de fiesta o de los múltiples negocietes asociados que menudean al socaire de las celebraciones comporta, inevitablemente, muchas restricciones en los derechos de otros ciudadanos, que han de padecer todo tipo de incomodidades, especialmente de noche, pues se supone que los valores culturales y tradicionales de la fiesta justifican restriccions en los demás de derechos fundamentales. Ahora bien, cuando las fiestas son como las Fallas, y la actuación (por llamarla de alguna manera) del Ayuntamiento de Valencia comporta la autorización de unos 400 (sí, han leído bien, CUATROCIENTOS) emplazamientos en toda la ciudad con autorización para celebrar verbenas emitir música en directo hasta las cuatro de la mañana durante 3 y hasta 4 noches seguidas (amén del anticipio ya tradicional, la «propina fallera» de las noches de viernes y sábado previos a las fiestas), tenemos un problema general y gravísimo de perturbación de la vida, salud y trabajo de quienes tienen la desgracia de ser niños, ancianos, dependientes o simplemente personas que trabajan y al día siguiente han de estar despiertas de buena mañana.
¿Cómo es posible que algo así se consienta jurídicamente?
Las razones, en Derecho, no son, ni mucho menos, sólidas, como una compañera de mi Departamento, Mercedes Lafuente, ha estudiado en un reciente libro sobre Fiestas locales y derecho al descanso (Iustel, 2010). Por supuesto, que la situación subsista aún hoy todavía en esos términos tiene mucho que ver con consideraciones y valoraciones extrajurídicas. Pero lo interesante es reconducir las mismas al análisis desde el Derecho. Y lo absolutamente esencial es construir una dogmática jurídica que parta de la Constitución y que permita entender lo que, desde un punto de vista atento a la norma y a la coherencia del sistema, está ocurriendo. Porque sólo a partir de ahí tendremos los elementos para una crítica razonada y articulada de la situación que pueda aspirar, legítimamente, a coadyuvar al cambio en esa sensibilidad social que, a buen seguro, da sustento a la actual situación.
Los diferentes títulos que pueden abrazar quienes quieren disfrutar de la fiesta y hacerlo, a ser posible, con las mínimas restricciones posibles son pocos y de escaso valor. Pueden referirse las menciones diversas de nuestra Constitución, en la medida en que sin duda estamos hablando de ciertas pautas de descanso o vacación (art. 40.2), de ocio (art. 43.3) o, incluso, de valores culturales que pueden formar parte del patrimonio inmaterial de nuestro pueblo (arts. 44 y 46). Vamos que aunque las fiestas populares son acreedoras de protección y que la Constitución permite, de hecho, afirmar que hay un interés de rango constitucional en su promoción y conservación tampoco hay derechos fundamentales implicados y además se vincula la defensa jurídica de las mismas a su ordenado disfrute. En este sentido, de hecho, me parece especialmente significativo el dato que aporta el art. 43.3 CE in fine, cuando establece que los poderes públicos facilitarán “la adecuada utilización del ocio”, determinando la existencia de ese valor constitucional pero, a la vez, explicitando que no cualquier tipo de ocio ha de merecer necesariamente la protección derivada de considerar que estamos ante un bien jurídico constitucionalmente protegido. Matiz importante, que a pesar de estar literalmente expresado de forma muy clara en la Constitución es muchas veces ignorado.
En definitiva, como puede comprobarse, no estamos precisamente ante mandatos constitucionales que sean demasiado potentes. Al menos, si los enfrentamos a los bienes y valores que supuestamente han de verse limitados por aquéllos, que abarcan elementos muy amplios englobados en la protección de la tranquilidad y del descanso y que no sólo se incardinan en la necesaria protección al medio ambiente (art. 45) sino en derechos fundamentales como la propia integridad física y la salud (art. 15) o la intimidad personal y familiar y la inviolabilidad del domicilio (art. 18), como a estas alturas ya es evidente que así es tras una consolidada jurisprudencia europea y constitucional detalladamente recogida por la autora. La capacidad que puedan tener esos principios rectores para justificar limitaciones de derechos fundamentales como los reseñados no es inexistente, por supuesto, pero tampoco ha de ser excesiva. Máxime si tenemos en cuenta que nuestro ordenamiento jurídico ya tiene definido, con más o menos corrección y concreción, pero de una manera bastante clara (al menos desde la aprobación de la ley estatal en la materia, Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido) el alcance y primacía de los mismos frente a actividades económicas de particulares que, en la mayor parte de los casos, cuentan con un título jurídico más “potente” en sus aspiraciones de poder llevar a término acciones que, en su caso, limiten o definan de modo más restrictivo derechos como la salud o la inviolabilidad del domicilio tal como es el derecho a la libertad de empresa (art. 38 CE).
Todo lo cual pone de manifiesto el núcleo central de la incoherencia jurídica y normativa a que nos enfrentamos. A saber, la extravagancia jurídica que supone el hecho de que tanto normativa como jurisprudencialmente se acepte que ha de haber una mayor tolerancia respecto de los ruidos que provoca una festividad que respecto de los ruidos generados por una actividad económica que persigue un legítimo afán de lucro. Para un jurista, una vez clarificado el terreno de juego, resulta más que evidente que estamos frente a una situación anómala, donde claramente se están subvirtiendo los valores plasmados en nuestro texto constitucional.
Es cierto que las fiestas locales pueden buscar también amparo en el art. 38 CE. Pero entiendo que no deja de ser paradójico que así sea pues, aun siendo cierto que con ello lograrían, al menos, un título que les permitiría una restricción de otros derechos al menos tan potente como la que puedan disfrutar las actividades privada, también lo es que no podrían aspirar por esta vía a mayor cobertura y protección que éstas. Y, además, al cobijarse en el reconocimiento de que hay un componente (por cierto, cada vez más importante, por no decir ya directamente preponderante) económico y de rendimiento para agentes privados asociado a la celebración de fiestas locales, tendríamos que empezar a deducir de esta afirmación toda una serie de consecuencias paralelas de indudables consecuencias “deslegitimadoras” para estas fiestas y “tradiciones”. Porque una cosa es el negocio y otra bien distinta, como es sabido, la tradición y la cultura. Porque una cosa es el apoyo público a las segundas y otra radicalmente diferente el compromiso de fondos, esfuerzos y exenciones públicas varias para el beneficio económico de unos pocos.
En cualquier caso, les enlazo y copio a continuación una versión más de combate y reducida de estas mismas razones, que es la que publicó el diario El País ayer:
Fallas fuera de control
ANDRÉS BOIX 21/03/2011
La ciudad de Valencia recupera hoy su ritmo normal, después de diez días que para gran parte de sus vecinos han sido lo más parecido a un infierno. ¡Y eso que entre la lluvia y el calendario la cosa no ha sido tan dura como otros años! El caso es que hemos logrado, entre todos, convertir unas fiestas populares a las que casi todo el mundo tenía cariño en algo insoportable. Aunque la juerga, como siempre, va por barrios.
Las clases pudientes de la ciudad lo tienen más o menos fácil. Según les guste o no la fiesta en sus actuales coordenadas se quedan en Valencia o se largan. Si les apasionan las ofrendas propias de otras épocas, la vida de casal en gigantescas carpas, los omnipresentes fuegos artificiales, las masas fritas en aceite dudoso o las noches donde todo está autorizado… pues se quedan y a disfrutar. Se lo pueden permitir. Ya se sabe que sarna con gusto no pica. Pero, caso de que formen parte de la inmensa mayoría de valencianos que vive con horror esas manifestaciones festeras, siempre les queda la opción de largarse de la ciudad. Tienen segunda residencia, dinero para montar un viajecito con la familia y, habitualmente, cierta capacidad para flexibilizar sus obligaciones laborales. No es extraño, por ello, que los cálculos al uso indiquen que durante la semana fallera suele ser mayor el número de personas que huye despavorida de la ciudad que el de quienes acuden atraídos por los supuestos encantos del caos josefino.
Por el contrario, son muchos los trabajadores que, ante la barbarie fallera que se extiende como una imparable marea de chapapote, no tienen más remedio que permanecer en la ciudad, currando cada día, a pesar de contar con una ruidosa y molesta verbena bajo la ventana dedicada a machacarles la vida noche tras noche. Las personas mayores, enfermas o que han de permanecer en casa por la razón que sea durante estos días tienen muchas probabilidades de vivir pesadillas variadas de todo tipo. Es sabido que cualquier emergencia o incluso pequeños inconvenientes pueden devenir fácilmente en desastre.
Se supone que el hecho de que estemos en fiestas lo justifica todo. Hay cierto acuerdo social, incluso reflejado en algunas leyes (por ejemplo, en materia de contaminación acústica), que entiende que los valores culturales y tradicionales que quedan plasmados en las fiestas populares permiten justificar la desaparición temporal de muchos derechos básicos. Pase. Aceptemos mascletades y cremas, por molestas que puedan ser. Asumamos el incordio que puedan generar los cortes de calles por actividades falleras y la vida en la calle de las comisiones. Sobrellevemos con entereza cosas tan perturbadoras en muchos planos como la Ofrenda, dado que parece que a muchos ciudadanos les entusiasma… Pero habría que empezar a marcar límites a las crecientes, y cada vez más invasivas y molestas, actividades mercantiles que, al amparo de la fiesta, menudean y proliferan como hongos. Porque las verbenas para que los organizadores se forren, los tenderetes de venta de todo tipo de cachivaches, la música con amplificadores en cualquier calle y esquina hasta altas horas de la madrugada… nada tienen que ver con la fiesta. Son actividades que persiguen, simplemente, ganar dinero. No hay razón alguna para que puedan ampararse en la manida excusa de que estamos en Fallas para hacerlo sin necesidad de respetar los derechos de los demás.
Andrés Boix Palop es Profesor de Derecho Administrativo en la Universitat de València
9 comentarios en Derechos de los ciudadanos y fiestas populares
Comentarios cerrados para esta entrada.
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Magnífico artículo, Andrés. Y especialmente certero al denunciar algo que muchos (o casi todos) suelen pasar por alto: las víctimas de todas estas parrandas subvencionadas son siempre los más débiles, los más indefensos, los menos pudientes. El darwinismo social, del que tantos abominan de boquilla, sigue estando a la orden del día. Lo bueno, dicen, no pasa de moda.
Comentario escrito por Antonio López-Peláez — 22 de marzo de 2011 a las 3:31 pm
No puedo estar más de acuerdo con Andrés. Lo magnífico es la publicación -lo desconocía- de un libro sobre este fenómeno, que podemos definir como una exhacerbación de lo considerado «tradicional». En esta ponderación de derechos constitucionales, está claro que la balanza se debe inclinar en favor del respeto a la integridad física y psíquica de las personas.
No se trata -como fácilmente puede ser objeto de reproche-, de ir en «contra de lo nostre», sino de exigir de las autoridades que busquen (tienen la obligación) un equilibrio entre los derechos de todos y, no, aunque lo sean verdaderamente (hay muchos falleros/as) de los de la mayoría.
No debe existir trato de favor. Un ejemplo: en mi pueblo, se impuso una tasa por la recogida de residuos urbanos, pero resultó que los «falleros» armaron un guirigall diciendo que les suponía una fuerte carga económica en tiempos de crisis. Pues bien, el Alcalde, les prometió y así se hizo, que éstos -las fallas, entidades sin personalidad jurídica que no son más que una agrupación de amigos-, quedarían exentas de la tasa en un 50 %…
Razones de oportunidad política (son muchos los votos que están en juego), están en la base de este «perdón» tributario. No existen razones jurídicas, sino simplemente la arbitrariedad -perdón, quise decir discrecionalidad del político-.
Me encanta poder hablar abiertamente de esto y, más, con argumentos jurídicos, los más importantes, sin tener por ello que estar » en contra» de las fallas.
La mesura y no la desmesura deben regir las fiestas. En definitiva, más «seny» y menos fuegos de artificio.
Un abrazo.
Comentario escrito por Vicent Sorrentí — 22 de marzo de 2011 a las 4:49 pm
Cuando leí el título pensé que ibas a tratar esta trascendental noticia:
SOCIEDAD | En la localidad valenciana de Paterna
Samuel quiere ser la próxima ‘reina’ de las fiestas
Un joven valenciano presenta su solicitud para reinar en las fiestas de Paterna
Las bases no hablan de hombre o mujer pero siempre se refieren a la ‘reina’
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/03/22/valencia/1300802867.html
Comentario escrito por menipo — 22 de marzo de 2011 a las 7:41 pm
Amén Andrés. Este problema además no es un problema exclusivo de Valencia (supongo que huelga decirlo) y ni siquiera restringido a las llamadas fiestas populares, aunque es cierto que es en esos periodos cuando resulta más evidente. Yo creo que el origen del problema responde a una actitud mucho más general y generalizada, y no es más que una inusitada tolerancia hacia la contaminación acústica, cuando no orgullo, por parte de las autoridades y una parte muy vocal (y nunca mejor dicho) de la sociedad española.
Es asombroso que se tomen medidas represivas en situaciones que sólo pueden darse si media voluntariedad previa de algún tipo por parte de todos los implicados (entrar en un bar donde se está fumando, por ejemplo) y sin embargo se ignoren estas situaciones donde muchísima gente se ver forzada a soportar violaciones de sus derechos en su propia casa.
Así que me temo que el marco normativo es lo de menos si las autoridades no van a tener voluntad alguna de hacerlo cumplir y muchos ciudadanos de cumplirlo. En resumidas cuentas, no es un problema legal, es un problema socio-cultural y político. El primero se arregla educando y, por qué no decirlo, reprimiendo (porque el civismo nórdico no es genético) y si eso supone que le acusen a uno de ir contra las tradiciones, razón de más para hacerlo.
Un saludo.
Comentario escrito por Bah — 23 de marzo de 2011 a las 12:05 pm
I com quedem Andrés, il·legalitzem els peruans amb megàfon o sols els falleros? xD
Comentario escrito por Mitrídates — 23 de marzo de 2011 a las 6:31 pm
¡Buenooo! Menos mal que está el PP «pa defendre lo nostre».
Yo no puedo ser objetivo, pues casi siempre que he estado ahí en fallas, ha sido con la legión de golfos sueltos por la ciudad, y supongo que molestando al vecindario.
De todas maneras se me hace difícil valorar y contraponer los beneficios y perjuicios que reportan los festejos. Es decir, si aplicar lo que con toda lógica expones, no resulta tan perjudicial como mantener las cosas como están.
Comentario escrito por Gekokujo — 23 de marzo de 2011 a las 7:18 pm
El pasado jueves, paseando por Germanías (acera derecha mirando al cauce) había un corro de gente vestida/disfrazada «a la manera tradicional», dejando un espacio bastante grande en medio suyo, cortando el paso por la acera y provocando un tapón considerable, porque estaban esperando a que bajara alguna reina de las fallas (o algo por el estilo). Después de estar parados varios minutos, alguien se atrevió a pedirles que dejaran un hueco para que los peatones pudieran seguir su camino sin invadir la calzada. Uno de los disfrazados (el más inteligente sin duda) les llamó de todo por atreverse a tamaña ofensa, a no respetar «el espíritu de las Fallas», en fin: a pedir que les dejaran pasar. Acabó los insultos gritando «pues iros a esquiar, idiotas!!!!»
La millor terreta del mon.
Comentario escrito por nate fisher, sr. — 23 de marzo de 2011 a las 11:20 pm
Estos cortes de calles generan numerosos problemas. Te recomiendo la lectura del Dictamen del Consejo Jurídico Consultivo 180/2009 de 12 de marzo, sobre un hombre que murió por las calles de Valencia durante las fallas y no pudo llegar al hospital tras sufrir un infarto.
Comentario escrito por Ramon López — 24 de marzo de 2011 a las 1:26 am
Me veo obligado a confesar que a mí me pasa como a Bah: lo de ir contra las tradiciones me resulta perversamente gratificante. Y si las tradiciones son, además, ancestrales, ya ni les cuento.
Comentario escrito por Antonio López-Peláez — 25 de marzo de 2011 a las 12:20 pm