24 June 2006

El todopoderoso País, el diario generalista de mayor tirada, el periódico de la izquierda, el diario que cuestionó la profesionalidad de las portadas del resto de medios el 12 de marzo, aquel que consideraba que había sacado la portada más inocua, hoy lleva a portada en todas sus ediciones excepto la de Cataluña (que vive de la resaca de San Juan), esta portada:

El texto que acompaña la foto en la portada no tiene tampoco desperdicio:


Una mujer ucrania de 35 años murió ayer cosida a puñaladas junto a la Gran Vía, en el centro de Madrid (en la foto, la mujer en plena agonía). Veinticuatro horas antes, una asociación de vecinos colgó en Internet un vídeo para denunciar el deterioro del barrio por la presencia de mendigos, prostitutas, narcos y toxicómanos. El de Centro es el distrito madrileño con más inseguridad ciudadana.

La foto la firma Bernardo Pérez, que igual es fotográfo, pero tiene pinta de ‘pepito pérez’ que pasaba por allí con una digital para hacer la foto del momento. En el interior del diario, Soledad Alcalde que es quien firma la noticia, aclara (parece que indignada) que “Las amigas con las que estaba bebiendo [la víctima] en la Plaza Soledad Torres Acosta, en Madrid, trataron de impedir que el fotógrafo tomara imágenes. Y desde luego hubiera sido de gran ayuda que alguien en la redacción de El País, por ejemplo qué sé yo, el redactor, el jefe de redacción, algún subdirector, el director… hubieran sido la mitad de conscientes de la fotografía. Una imágen en la que además no sólo aparece la víctima desangrada y “en plena agonía” como constata el texto, sino que se muestra el rostro de dos miembros de la policía. ¿la cortesía periodística no tendía a distorsionar los rostros de los miembros de los cuerpos de seguridad del Estado? ¿la ética periodística no debería excluir a las víctimas agonizando?

Hay 1 comentario publicado en “Sensacionalismo de portada”:

  1. Silvia GL:

    “¿La cortesía periodística no tendía a distorsionar los rostros de los miembros de los cuerpos de seguridad del Estado?”

    Pues algo parecido. No se trata tanto de la cortesía periodística como de la Ley Orgániza 1/82 de 5 de mayo sobre la protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen.
    Concretamente su capítulo II, artículo octavo:
    “8.2. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
    - Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
    - La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
    - La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.

    LAS EXCEPCIONES CONTEMPLADAS EN LOS PÁRRAFOS A. Y B. NO SERÁ DE APLICACIÓN RESPECTO DE LAS AUTORIDADES O PERSONAS QUE DESEMPEÑEN FUNCIONES QUE POR SU NATURALEZA NECESITEN EL ANONIMATO DE LA PERSONA QUE LAS EJERZA.”

    PD: Conclusiones extraídas gracias a la materia impartida en “Libertades públicas”, asignatura cuatrimestral de tercero de periodismo. Aprobar no lo sé, pero trastear lo que quieras y más.

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