Participación política y límites al modelo de democracia representativa español

En las dos últimas semanas he estado en dos actos de diferente naturaleza pero similar temática hablando de nuestro modelo constitucional en materia de participación política y de los límites que el modelo actual de democracia representativa, en el caso español, supone. El primero de ellos, organizado por la Coalició Compromís en el Centre Octubre de València, giró en torno a muchos temas de actualidad (las manifestaciones de los últimos meses y los diversos conflictos con la policía, la emergencia de las redes como vehículo de amplificación del espacio público….). Fue un debate muy entretenido y animado en el que, sobre todo, dijeron cosas con mucho sentido Joan Subirats (a quien siempre es un placer escuchar y que es una de las voces más lúcidas a la hora de desentrañar por dónde van los tiros en esto de las nuevas formas de participación) y Carmen Castro (activista con muchísima experiencia en redes que sabe de lo que habla). Lamentablemente, me pilló con exámenes (actividad más exigente para los profesores de lo que muchos creen) y como consecuencia de no tener apenas tiempo ni lo reseñé ni lo comenté. Un pequeño desastre porque mereció mucho la pena.

La semana pasada, en un contexto más académico (la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid) pero con un ambiente distendido, relajado y combativo, nos juntamos varios profesores para hablar de «Crisis, recorte de derechos y Estado democrático» por iniciativa de Julio González (Catedrático de Derecho Administrativo de la UCM) y de Argelia Queralt (Profesora de Derecho Constitucional de la UB). El encuentro fue de lo más intenso, con público llegado incluso desde Twitter (¡un saludo a @alfonstwr desde aquí!) y merece la pena hacer una pequeña referencia al mismo, ahora que tengo un ratito, para no cometer el mismo error del otro día. Porque como podéis comprobar simplemente echando un vistazo programa preparado, la calidad de los ponentes hizo que aprendiéramos todos mucho y que valga la pena reseñar, aunque sea por encima, algo de lo que se dijo allí.

La tarde comenzó analizando los problemas, tantas veces comentados, asociados al déficit democrático que padece la Unión Europea. Ricardo Alonso (Catedrático de Derecho Administrativo y de la UE en la UCM) es sin duda el gran experto español en la materia. Y no es lo mismo escuchar hablar del manido problema del déficit democrático de marras por ahí a que alguien te lo cuente con detalles que, para un jurista, son directamente escalofriantes. Porque a los problemas habituales de todos conocidos (un Parlamento que no pinta nada -o no demasiado-; unas instituciones opacas y copadas por una burocracia muy autónoma; lobbies con más capacidad de penetración en las instituciones que los propios ciudadanos; el hecho de que el propio diseño y concepción de la UE esté hecho para lograr justamente «alejar» ciertas decisiones de los «peligros» de las exacerbadas pasiones políticas de los pueblos…) se unen barbaridades jurídicas sin cuento que, al socaire de la crisis y de la necesidad de reaccionar rápido, se están produciendo. El más escandaloso ejemplo, resaltado por Ricardo debidamente, es que incluso estamos aprobando normativas de consolidación fiscal por medio de reglamentos UE que anticipan cambios en los Tratados (y que, como es obvio, en puridad, no tienen base jurídica suficiente hasta que éstos no sean modificados). Pero aquí, a estas alturas, parece ya claro que da todo igual. Que lo importante es «salir de esta» como sea, y aunque sea sólo por unos días… y hasta la próxima. La UE, obviamente, no va por buen camino así. Y valdría la pena plantear en serio hasta qué punto contar poco con los ciudadanos ayuda al desastre.

Posteriormente Antonio Baylos (Catedrático de Derecho del Trabajo de la UCLM) nos explicó el desconcierto sindical a que la actual situación, la regresión en materia de Derechos, las políticas que está impulsando la UE y también, por qué no decirlo, la propia acción de los sindicatos, está llevando. Personalmente me quedé con una reflexión muy importante: el modelo de participación sindical que tenemos se basa en la idea de influir, por medio de la negociación colectiva, por ejemplo, o de su presencia institucional, en la determinación de las condiciones laborales. Las estructuras sindicales que tenemos se explican por ello, por las labores que han venido realizando y esta participación en la estructura y entramado de poder y sus atributos negociales. Pero en unos momentos en que nada de ello es ya útil dados los cambios económicos y legales acaecidos (de algo de esto hemos hablado ya en este blog, señalándolo justamente como esencial a la última reforma laboral), ¿qué les queda a los sindicatos? Únicamente el conflicto. El problema es que ni están preparados para afrontarlo ni saben, en las actuales circunstancias, cómo debieran hacerlo. ¿Cómo en el siglo XIX?, ¿por otras vías?

Esa misma tarde Argelia Queralt (Profesora de Derecho Constitucional de la UB) reflexionó sobre la necesidad de que la participación ciudadana esté respaldada por un proceso previo de normalización y civilización de la política que pase necesariamente por la escuela, lo que dio lugar a reflexionar sobre la necesidad (o no) de una asignatura como educación para la ciudadanía y provocó un encendido debate sobre la objeción de conciencia. A mí no me entusiasman en absoluto las asignaturas con una explícita vocación de introducir valores en los alumnos. Ya lo he mencionado por aquí en alguna ocasión. Sí considero, en cambio, que resulta esencial que nuestros ciudadanos aprendan los rudimentos y los mecanismos de nuestra democracia y de un Estado de Derecho, que entiendan cómo funciona el sistema. Y, además, que «practiquen» los aspectos procedimentales, de discusión y de debate que son el germen de la convivencia democrática. Pero no me gusta introducir valores como «contenido». Más que nada, porque, además, los valores se introducen de manera implícita con las acciones de profesores y de los propios poderes públicos. Una asignatura de «Constitución» ya los está introduciendo. O establecer debates sobre el aborto o el matrimonio homosexual, sin necesidad de indicar qué postura es la correcta. Y, a mi juicio, lo hace de manera mucho más efectiva. Ya decía Einstein que el ejemplo no es la mejor manera de enseñar sino la única.

Por lo demás, y como los juristas tiramos al monte, nos enredamos cosa mala con la objeción de conciencia. Luis Medina, excelente profesor de Derecho Administrativo de la UCM que asistía a las charlas, incendió el debate, como debe ser, haciendo de abogado del diablo. Yo no soy nada fan de la objeción de conciencia, como rancio positivista que soy, pero le tengo que reconocer una cosa. Si la moda del neoconstitucionalismo y de la «extracción de valores» del texto constitucional es aceptada de forma general, ¿a santo de qué tanto escándalo con que se puedan concebir posibles ámbitos de respeto a la conciencia, excepcionales, que ampararían la objeción? Ya digo que personalmente veo lógico y coherente el planteamiento, pero que como abomino de ese neoconstitucionalismo puedo también, con toda coherencia, entender antijurídica la objeción en los casos no previstos legal o constitucionalmente de forma expresa. Algo que, por cierto, no significa agotar la institución. Porque la objeción, la resistencia pacífica, puede tener muchos efectos (y, de hecho, los tiene) de tipo político aun siendo antijurídica. O precisamente por serlo.

Al día siguiente la cosa siguió animadísima. Miguel Presno Linera (Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Oviedo), excelente jurista de esos que el 15-M tiene mucha suerte de haber encontrado (y que explica en parte la vitalidad de ese movimiento en Asturias y el hecho de que desde allí estén irradiándose iniciativas a toda España) nos contó cómo a partir de las reivindicaciones del 15-M y de sus planteamientos es posible detectar fallas constitucionales y legales enormes que no costaría tanto reparar y que permitirían ensanchar la participación ciudadana sin muchos costes. No se puede sino estar de acuerdo con sus planteamientos sensatos y ponderados. ¿Alguien duda de que bajar las exigencias de la iniciativa legislativa popular y darle más cancha o la introducción del referéndum derogatorio mejorarían nuestra democracia?, ¿queda alguien fuera del sistema de partidos que entienda razonable el modelo de financiación de nuestros partidos políticos y la extraordinaria desventaja con la que se hace competir a los pequeños o nuevos?, ¿en serio pensamos que el sistema electoral que tenemos no crea sesgos enormes?

Por su parte, Miguel Pérez-Moneo (UB) analizó algunas de las respuestas institucionales a los movimientos de protesta del 15-M y de los indignados, centrándose en la reforma de la LOREG que recientemente estableció ciertos límites al ejercicio del derecho de sufragio pasivo (obligaba a recoger firmas por un 0’1% del censo a los partidos para poder presentarse). Miguel era muy crítico, de hecho, mucho más que yo (que como ya expliqué aquí veo más grave la discriminación entre opciones que no han sacado diputado en una circunscripción que el simple hecho de pedir algunos cientos de firmas que avalen un mínimo de viabilidad electoral a la opción). Tanto, que me ha hecho incluso replantearme mi postura. Quizás, aunque los efectos prácticos no sean restrictivos (como creo yo) por una cuestión de principio no habría de vedarse la participación porque sí. Y si lo que se quiere es evitar otros efectos (subvenciones por voto, venta de censos…) establecer las medidas correctivas allí.

También nos comentó lo limitado y casi ofensivo (con una exposición de motivos de esas que el legislador español se gasta de vez en cuando, «abroncando» a los ciudadanos diciendo que hacíamos «injustificables valoraciones negativas) de las medidas de transparencia de la LO 7/2011, ceñidas a hacer público un registro del Congreso muy limitado y poco controlado. Este tema de la transparencia es una cosa que he de reconocer que no tengo demasiado claro, la verdad. Tengo una deuda pendiente conmigo y con el blog al respecto. Entre otras cosas para «aclarame» las ideas, que es una de las cosas para las que sirve escribir sobre ellas. Pero no tengo muy claro que los parlamentarios deban ser más transparentes que el resto de ciudadanos por ley (sí por exigencia política y ciudadana), la verdad. O que este tipo de medidas pasen del pariré de cara a la galería.

Por último, la mañana del viernes la cerraron Joan Queralt (Catedrático de Derecho Penal de la UB) que nos explicó la concepción de la política criminal del actual Gobierno (y de los anteriores, como simbolizan los diversos Pactos por la Justicia) empleando para ello una reciente conferencia del actual Ministro del Interior. El dogmatismo y la falta de espíritu democrático, la ausencia de conocimiento de que la democracia y el Estado de Derecho han de permitir la convivencia natural de opciones muy diversas, contaminaban el texto. No sé si el Ministro, pero sus asesores (los que escriben eso) tienen la lección (una determinada lección) bien aprendida.

Cerró el organizador y anfitrión, Julio González, repasando una de las cuestiones estrellas del Derecho administrativo del último año en materia de participación: la tutela de un derecho fundamental como es el de reunión por parte de la autoridad gubernativa y su necesario papel de árbitro en la gestión del conflicto entre derechos que pueden surgir. Julio recordó la ingente jurisprudencia del Tribunal Constitucional que recuerda que la acción administrativa ha de ser realizada siempre atendiendo a maximizar el ejercicio del derecho fundamental, buscando alternativas en su caso para que la lesión al mismo, si ha de darse, sea la menor posible. Unas pautas que han brillado por su ausencia en la respuesta a los movimientos estudiantiles, con desalojos de plazas innecesarios, cargas policiales desproporcionadas y prohibiciones incomprensibles de manifestaciones recientes. Obviamente, aproveché para sacar el tema de la surrealista autorización que ciertos jueces penales se entienden legitimados para dar (o denegar) a algunas manifestaciones, que es un tema que me obsesiona, como saben los que leen este blog, por lo increíble. Comportamiento abiertamente carente de toda base jurídica y que limita ilegalmente un derecho fundamental, como han explicado pormenorizadamente mis compañeros en la UV Javier Mira y Lucía Martínez Garay.

En definitiva, que nos lo pasamos fenomenal, discutimos, aprendimos y tratamos de poner algo de luz a algunos de los recortes más graves que estamos viviendo, que son los recortes en nuestros derechos y garantías. Y si usted, amable lector, ha llegado hasta aquí en condiciones y todavía tiene ganas de pelea, allá va mi intervención en el seminario, donde trataba de hacer un mapa de cómo reacciona nuestro ordenamiento jurídico frente a la participación ciudadana, cómo la mantiene a raya y cómo, por mucho que nos digan, nada de eso es así porque sea inevitable sino, sencillamente, porque no queremos hacerlo de otro modo. Porque cuando se quiere, se puede. Mi idea inicial era llamar a la intervención «Esta democracia me pega lo normal», en homenaje a Popota, que era inspirador de la estructura de parte de la intervención (como de otra parte lo fue Joan Subirats), pero he de confesar que al final no me atreví. Que lo disfruten (¡espero!):

Charla Andrés Boix Palop UCM junio 2012.

(Fe de errata: cuando hablo de un jerarca de la comunicación que empieza de jefe de informativos de TVE en el último Gobierno del Caudillo y que todavía hoy sigue por ahí con mando en plaza me refiero a I. Gabilondo y es obvio que se trata de un error… ¡quería decir Juan Luis Cebrián!)

 



14 comentarios en Participación política y límites al modelo de democracia representativa español
  1. 1

    Gracias por el resumen, Andrés. Me ha permitido tener datos que no conocía y, también, me reconforta no encontrarme solo en algunas posiciones (visión positivista de la objeción de conciencia, rechazo de la intervención penal en la autorización de manifestaciones; por ejemplo).
    Un saludo,
    Eduardo

    Comentario escrito por Eduardo Vírgala — 04 de julio de 2012 a las 10:31 am

  2. 2

    Gracias, Eduardo. A este paso tendremos que montar un club de juristas «raros»… pero tengo la esperanza de que, al final, cada vez seamos más. E, incluso, a la postre, mayoría.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 04 de julio de 2012 a las 10:56 am

  3. 3

    Gracias Andrés por el resumen y por los comentarios; un par de cosas: 1) el concepto autoritario del ejercicio del derecho de reunión se ha expandido a las Juntas Electorales pues, además de emplear la palabra «Autorizo» para «permitir» o «denegar» concentraciones durante la campaña electoral, han venido aplicando una conceptción antidemocrática del derecho, ignorando la reiterada jurisprudencia constitucional que avala el ejercicio del derecho el día de reflexión y en el jornada electoral siempre que no se pida el voto; pues nada, siguen diciendo que «no autorizan» concentraciones esos días, como si los derechos fundamentales se suspendieran en tales fechas; 2)comparto tu esperanzan sobre la rareza y la mayoría; pd) no se puede abrir (yo al menos) el enlace en dropbox a tu texto. Un abrazo, Miguel

    Comentario escrito por Miguel Presno — 04 de julio de 2012 a las 3:27 pm

  4. 4

    Caramba. Hay quien me dice que la foto no se ve. Ahora lo del audio. A ver si desde aquí lo puedo arreglar.

    En otro orden de cosas, en efecto, gracias por recordar a nuestras queridas JJEE, a las que en mi apresurado resumen había olvidado mencionar a pesar del notable esfuerzo liberticida con el que se han empleado en estos últimos años.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 04 de julio de 2012 a las 5:55 pm

  5. 5

    Creo, Miguel, que si lo he hecho bien el audio es ya accesible en abierto sin problemas pues está en mi carpeta pública de Dropbox.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 04 de julio de 2012 a las 7:08 pm

  6. 6

    sí, ahora ya está disponible, gracias por la cobertura escrita, oral y, con la aportación de Julio y la familia Queralt, fotográfica.

    Comentario escrito por Miguel Presno — 04 de julio de 2012 a las 9:22 pm

  7. 7

    ¿Y no sería posible disponer del resto de intervenciones en mp3? ¡Estas cosas hay que grabarlas en vídeo para que la gente de provincias -la Castilla profunda y tal- podamos disfrutarlas!

    Un saludo.

    Comentario escrito por Rocamadour — 05 de julio de 2012 a las 12:00 am

  8. 8

    hola, concretando alguna de las cosas comentadas en el seminario a continuación reproduzco el contenido del derecho de petición que ejercimos ante diversos parlamentos autonómicos:
    Las personas abajo firmantes, al amparo del artículo 29 de la Constitución española de 1978 que reconoce el derecho fundamental de petición colectiva, y de acuerdo con lo previsto por la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, solicitamos que, en el ejercicio de sus competencias constitucionales, remita a la Mesa del Congreso de los Diputados una proposición para la reforma de los artículos 87.3, 92 y 166 de la Constitución de manera que:
    1.- Se supriman los límites materiales que impiden el ejercicio de la iniciativa legislativa popular en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional y en lo relativo a la prerrogativa de gracia,
    2.- el referéndum previsto en el artículo 92, además de sobre cuestiones políticas de especial trascendencia, pueda versar, tal y como contemplaba el Anteproyecto de Constitución, sobre las leyes votadas por las Cortes Generales y aún no sancionadas, y la derogación de leyes en vigor. También que el referéndum pueda ser solicitado por 500.000 personas y que el resultado sea vinculante si ha participado en la votación la mayoría de quienes tengan derecho a hacerlo y si lo aprueban por mayoría de los votos válidamente emitidos,
    3.- la ciudadanía pueda, en número de 500.000 personas, promover la reforma de la Constitución.
    Solicitamos que una vez aprobada esta reforma por las Cortes Generales se someta a referéndum de acuerdo con lo previsto en el artículo 167 de la Constitución.

    En Asturias se presentaron 7.700 firmas avalando la petición colectiva, 1.463 en Aragón, en Castilla-La Mancha 700, 3.000 en Castilla y León, 1.000 en Cataluña y en Cantabria, 400 en La Rioja, más de 1.000 en Galicia,…
    De momento la han admitido a trámite el Parlament de Cataluña, la Asamblea de Cantabria, las Cortes de Aragón y Castilla-León y el Parlamento de Navarra. Esperamos que en Asturias también salga adelante e, incluso, que nos llamen para comparecer ante la Comisión de Peticiones. En todo caso de lo que se trata es de que algún Parlamento la someta a votación y la respalde.
    Más información en http://porlademocraciadirecta.org/

    Comentario escrito por Miguel Presno — 05 de julio de 2012 a las 7:06 am

  9. 9

    Otro de los asuntos que comentamos es el relativo al nombramiento de los titulares de instituciones no políticas; pues bien la próxima semana, como nos anuncia al página web del Congreso, los candidatos al Tribunal Constitucional, la Junta Electoral Central y el Tribunal de Cuentas comparecen el lunes y el martes ante la Comisión de Nombramientos
    Reproduzco el contenido de la nota que evidencia que todo parecido entre estas comparencias y las que se producen en, por ejemplo, Estados Unidos es pura coincidencia. De hecho, las comparencias más bien parecen un chiste.

    La Comisión Consultiva de Nombramientos del Congreso de los Diputados se reúne los días 9 y 10 de julio, a partir de las 17,00 horas, para acoger las comparecencias de los candidatos para la elección de cuatro magistrados del Tribunal Constitucional, cinco vocales de la Junta Electoral Central y seis consejeros del Tribunal de Cuentas.

    La Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados, de 25 de mayo de 2000, relativa a la intervención de la Cámara en el nombramiento de Autoridades del Estado establece que corresponde a la misma examinar las propuestas de designación de miembros de Órganos Constitucionales así como los nombramientos de Autoridades del Estado que corresponda efectuar al Congreso de los Diputados conforme a la Constitución y a las leyes, y que se tramitarán con arreglo al procedimiento establecido en el Título XII del Reglamento de la Cámara.

    Tribunal Constitucional

    El lunes, a partir de las 17,00 horas, acudirán a la Comisión los cuatro candidatos propuestos por los grupos parlamentarios a magistrados del Tribunal Constitucional: Juan José González Rivas, Andrés Ollero, Encarnación Roca y Fernando Valdés.

    El artículo 159 de la Constitución Española, desarrollado por la Ley Orgánica reguladora del Tribunal Constitucional, establece que éste se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

    Junta Electoral Central

    A partir de las 20,00 horas empezarán a comparecer los candidatos propuestos para vocales de la Junta Electoral Central: Paloma Biglino, Alfonso Estéban, Pedro González-Trevijano, Pablo Santolaya y Juan Manuel Trayter.

    El nombramiento de estos vocales se realiza de acuerdo a la Resolución de la Presidencia, de 13 de septiembre de 1985, sobre el procedimiento a seguir para el nombramiento de Vocales Catedráticos de Derecho de la Junta Electoral Central. La Mesa de la Cámara, tras apreciar el cumplimiento de los requisitos legales y de las condiciones establecidas en el número anterior, dará traslado inmediato al Gobierno de la propuesta, por medio del Presidente del Congreso, para el nombramiento de los Vocales en aplicación del artículo 9.3. de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

    Tribunal de Cuentas

    El martes, también desde las 17,00 horas, acudirán a la Comisión Consultiva de Nombramientos los candidatos propuestos para cubrir los seis puestos de consejeros del Tribunal de Cuentas correspondientes al Congreso: Ángel Antonio Algarra, Ramón Álvarez de Miranda, Enriqueta Chicano, María José de la Fuente, María Antonia Lozano y José Manuel Suárez.

    Los Consejeros de Cuentas serán designados por las Cortes Generales, seis por el Congreso de los Diputados y seis por el Senado, mediante votación por mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras, tal y como regula el artículo 30 de su Ley Orgánica.

    Comentario escrito por Miguel Presno — 05 de julio de 2012 a las 4:35 pm

  10. 10

    Y vosotros, ¿cuándo pensáis buscar un trabajo honrado?

    Comentario escrito por Antiguo — 06 de julio de 2012 a las 1:29 pm

  11. 11

    ¿Para qué queremos un trabajo honrado si tenemos uno tan divertido?

    Comentario escrito por Miguel Presno — 07 de julio de 2012 a las 2:28 pm

  12. 12

    Como estudiante de Derecho siempre es un placer leerte, Andrés, para leer argumentaciones centradas en debates nítidos y realistas sobre la cosa jurídica. Que hay cada autor que vive en una nube…

    Comentario escrito por Sol Invictus — 11 de julio de 2012 a las 3:45 pm

  13. 13

    Gracias, Sol Invictus.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 14 de julio de 2012 a las 10:23 pm

  14. 14

    Tan sólo nos queda una única solución: GUILLOTINA!!!!

    Comentario escrito por Zariah — 16 de julio de 2012 a las 5:40 pm

Comentarios cerrados para esta entrada.

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