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El Cronista, nº 8

El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho [1] cumple su primer año de vida con el último número de 2009 (nº 8, noviembre de 2009), que acaba de aparecer y la mayoría de los suscriptores habrá recibido ya. Tal y como vengo haciendo desde que la revista salió a la calle enlazo el índice [2] [2]de este número [2], así como el formulario de suscripción [3] para quien pudiera estar interesado en los contenidos de la revista.

El año se cierra con un trabajo de Owen Fiss, «América como ejemplo», dedicado a analizar la actitud del Gobierno de los Estados Unidos en materia de tortura, comenzando por los infaustamente famosos memorandos de la Oficina Legal de la Presidencia, las diversas órdenes ejecutivas de constitucionalidad más que cuestionable y acabando con los de momento tímidos pasos dados por el nuevo Gobierno de Barack Obama para no sólo dejar de lado estas prácticas sino investigar lo ocurrido en tiempos de George Bush II y depurar las responsabilidades oportunas. Más allá del empleo de técnicas de tortura por agentes de la autoridad en suelo estadounidense, Fiss se detiene en argumentar un juicio muy crítico sobre la técnica consistente en la entrega por parte de las autoridades americanas a terceros países de ciertos sospechosos de terrorismo, con las consecuencias que ello puede producir, y la a su juicio decepcionante tutela judicial que, en esos supuestos, el modelo de garantías de los Estados Unidos está proporcionando a las personas así tratadas. Como puede comprobarse, se trata de un tema importante, del que aquí hemos hablado en varias ocasiones [4]y del que la revista, sin ir más lejos en su último número [5], ha tenido ocasión de ocuparse.

Símbolo de los tiempos que corren es que otro de los trabajos de este número, a cargo de José Ramón Serrano-Piedecasas Fernández y Eduardo Demetrio Crespo, se ocupa de la deriva que puede detectarse en las democracias occidentales, a la que ellos se refieren diciendo que hemos transitado «Del Estado de Derecho al Estado preventivo», a partir de las conocidas tesis de Jakobs, que los autores juzgan con no poca razón como peligrosísimas y contrarias a la fundamentación axiológica en que se basa nuestro tradicional modelo de convivencia, y que como es sabido permiten un modelo de garantías más laxo para aquellos tenidos por «enemigos» del sistema. Este «Derecho penal del enemigo» pemitiría cierto relajo con quienes no forman parte del cuerpo social porque pretenden destruirlo. Como a nadie se le escapa, no es mera teoría sino que por la vía de los hechos se nos está colando por la puerta de atrás en nuestras democracias, ya sea para combatir el terrorismo, ya sus manifestaciones políticas [5], ya, cualquier día de estos, vaya Usted a saber qué infracciones. Porque una de las cosas que tiene el Derecho penal así aplicado es que, por supuesto, la declaración de la condición de enemigo depende de la mayoría del cuerpo social. Y así, como es bien sabido, podemos acabar cualquier día de estos donde todos intuimos.

Jesús R. Mercader Uguina nos escribe una fábula en torno al empleado simulador y el terapeuta crédulo que repasa «Los mitos de la incapacidad temporal» en Derecho español. El trabajo es importante, y muy interesante, en la medida en que supone un esfuerzo analítico notable de los problemas de una figura, la incapacidad temporal, y sus abusos que, como es sabido, están en el punto de mira de muchos y sobre los que circulan no pocos tópicos y sospechas. Se agradece por ello sobremanera que se aporten datos y un análisis cuidado que permite entender las coordenadas económicas del problemas, el riesgo moral que implican necesariamente las distintas soluciones y los modos de minimizarlo, así como la exploración de alternativas de reforma que pudieran hacer más eficaz el modelo español de prestaciones de este tipo. Del problema de la incapacidad temporal El Cronista, además, ya tuvo ocasión de ocuparse con un trabajo de Tomás Sala en su primer número [6], de modo que esta reflexión aporta cierta continuidad en el estudio de la institución.

Por su parte Juan José Rubio Guerrero escribe sobre «Modelos tributarios de la Unión Europea» en un momento extraordinariamente pertinente en que cualquier reflexión sobre fiscalidad [7], en un contexto de crisis económica como el actual, cobra una doble importancia.  El estudio trata de aprehender las líneas comunes a las reformas fiscales de las últimas décadas en el entorno europeo y entender cómo se está produciendo su traslado a España, así como precisar por dónde pueda ir la evolución futura. Parece claro que el contexto es el que es: simplificación, reducción de tramos en el IRPF que pueden acabar conduciendo al tramo único, diferenciación de la presión fiscal para unas rentas (las del trabajo) y otras (las del capital), creciente preponderancia de la fiscalidad indirecta… Todo ello tiene mucho que ver con el entorno económico en que vivimos y la libre circulación de capitales, así como con el deseo de establecer el menor número de distorsiones sobre el mercado y de reducir los costes de tiempo, burocracia y dinero dedicados a cumplir con las obligaciones tributarias. Por otra parte, empiezan a asomar en el horizonte modelos de tributación «verde» que completarán en el futuro, previsiblemente, nuestro sistema fiscal.

Susana de la Sierra Morón, por su parte, se ocupa de «La huelga de jueces y magistrados en el Derecho comparado». Se trata de un asunto polémico y de actualidad (hace apenas unas semanas se produjo en España la segunda jornada de huelga de nuestros jueces [8]) sobre el que hemos expresado en este blog nuestra opinión [9]y tema sobre el que El Cronista ha publicado ya dos trabajos, con visiones opuestas. Miguel C. Rodríguez Piñero, en el nº 2 [10], se mostraba a favor de reconocer, a falta de prohibición expresa en la Constitución o la ley, tal derecho a los jueces. Por el contrario, en el siguiente número, Miguel Sánchez Morón [11] entendía impensable que los jueces pudieran hacer huelga apelando a los principios estructurales básicos de nuestro modelo de Estado de Derecho, que harían imposible, por incoherente con las bases íntimas del mismo, tal pretensión. El trabajo de Susana de la Sierra es especialmente interesante en la medida en que, al demostrar que la mayoría de los países de nuestro entorno, con ordenamientos jurídicos sustancialmente semejantes en su concepción de la naturaleza y ejercicio del Poder judicial al nuestro, permiten la huelga de jueces, en su mayoría, sin excesivos problemas. Lo que obliga a poner en su justo contexto las objeciones que suelen hacerse en España al derecho de huelga de los jueces y que, a la vista está, no parece que sean tantas ni tan graves desde un punto de vista estrictamente estructural. Al menos, no se lo parecería así, por lo visto, a nuestros vecinos.

Además, Manuel Atienza y Juan Ruiz Manero nos brindan «Una conversación sobre teoría del Derecho» muy recomendable para cualquier jurista con una vocación freak por la naturaleza de las normas y de los análisis sobre las mismas, así como el eterno debate en torno a si la personalidad de los juristas o de cualquier creador influye en sus visiones, en sus opiniones, en la manera en que analiza el mundo y la realidad, en su producción, en suma.

Por último, y en cierta medida conectados con los problemas que, mundialmente, está padeciendo el modelo de Estado de Derecho democrático que eran analizados en los trabajos de Fiss y Serrano-Piedecasas, el último número de 2009 de la revista contiene también dos trabajos sobre los problemas de la justicia española que tan de moda están en los últimos meses. Fernando Gómez de Liaño González, en «La Justicia invertebrada», realiza un bosquejo de los males que aquejan a la organización y ejercicio de la función jurisdiccional en la España constitucional, trayendo a colación no pocas de las numerosas y fundamentadas críticas que, a lo largo de las últimas décadas se han venido realizando en punto a la falta de engarce constitucional de muchas derivas y la insuficiencia de las reformas. Críticas que se vienen recrudenciendo en los últimos meses, como hemos constantando en este mismo espacio [12], a medida que se ha ido haciendo más y más evidente que el sistema de garantías, como consecuencia de la incidencia cruzada de muchos y diversos factores, se está erosionando de manera clara.  El que la revista tenga en los últimos números, y en este último hoy reseñado con mucha claridad, más y más trabajos de juristas preocupados por esta cuestión es un indicio que habría de ser tomado en cuenta.

2009 se cierra, en El Cronista, con otro trabajo que incide en estas mismas cuestiones y que, a su vez, concluye una saga que, en última instancia, ha tratado precisamente de esto: de garantías, de la situación de los ciudadanos frente al poder y al ejercicio sin control del mismo, de los cortafuegos contra derivas inquisitivas… La revista trae la octava y última entrega de «Riofrío», serial jurídico que ha venido acompañando a nuestra publicación desde sus inicios, donde el lector puede leer la manera en que finalizó el proceso judicial que ha ido relatando en entregas seriadas Santiago Muñoz Machado. Personalmente, a diferencia de lo que puedan pensar muchos, no creo que la historia tenga, ni mucho menos, un «final feliz», pues no puede serlo el que la Justicia funcione de la manera allí descrita aunque al final no llegue la sangre al río. De modo que el poso que deja su lectura no puede sino ser amargo. ¡Aunque sea una novela entretenida y que los próximos números de la revista echarán muy en falta!

Con la ilusión de que los contenidos de este número les resulten interesantes y de invitarles a partir de este espacio a su discusión y debate, les emplazo también a que aguarden con interés los próximos trabajos que publicaremos a lo largo de 2010, que esperemos sean al menos tan interesantes como los que hemos publicado durante 2009. Quedo a disposición de cualquier lector respecto de cualquier contenido de este y otros números. Y, por supuesto, en la medida en que El Cronista pretende ser un vehículo de expresión de toda la comunidad jurídica española, siéntanse también invitados a participar de esta aventura si hay alguna cuestión que crean que deba ser contada, analizada, escrita o denunciada y les apetece ponerse manos a la obra.

Sumario del número 8

Owen Fiss América como ejemplo
Jesús R. Mercader Uguina Los mitos de la incapacidad temporal
José Ramón Serrano-Piedecasas Fernández
Eduardo Demetrio Crespo
Del Estado de Derecho al Estado preventivo
Juan José Rubio Guerrero Modelos tributarios en la Unión Europea
Susana de la Sierra La huelga de jueces y magistrados en el Derecho comparado
Fernando Gómez de Liaño González La Justicia invertebrada
Manuel Atienza
Juan Ruiz Manero
Una conversación sobre teoría del Derecho
Santiago Muñoz Machado Riofrío – VIII

Números anteriores:

nº 7 [5], octubre de 2009.

nº 6 [13], junio de 2009.

nº 5 [14], mayo de 2009.

nº 4 [14], abril de 2009.

nº 3 [11], marzo de 2009.

nº 2 [10], febrero de 2009.

nº 1 [15], enero de 2009

nº 0 [6], 2008.